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Donación en vida cuñadas o sobrinos de bienes inmuebles en madrid

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Donación en vida cuñadas o sobrinos de bienes inmuebles en madrid
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Donación en vida cuñadas o sobrinos de bienes inmuebles en madrid
#1

Donación en vida cuñadas o sobrinos de bienes inmuebles en madrid

Buenos tardes, os presento mi duda que espero me puedan ayudar.

Mi tía, de nacionalidad Japonesa quiere dar a mis padres sus bienes de España (estaba casada con mi tío español que falleció hace unos 7 años aprox).
Tiene un local y un piso que son ahora de su propiedad por la muerte de mi tío y mi primo que es Hispano-japones, la mitad de una casa, y la otra mitad es de mi madre (la hermana del fallecido, y cuñada de la japonesa).
La cuestión es que todos los bienes se los quiere donar a mis padres o a nosotros ( yo y mis 2 hermanos) mi tía y primo, pero no sabemos que sale mejor, si una donación en vida, una venta entre particulares privado o qué trámite legal, y sobe todo cual es el menos costoso de todos para ambas partes.

Todos estos trámites serían para la comunidad de Madrid, sé que de la donación de padres a hijos está bonificada en Madrid al 99%, pero desconozco entre cuñadas, o entre sobrinos (que sólo bonifica el 10-15% creo), y si hay que pagar luego plusvalías, y demás.

Podría alguien indicarme un poco que trámite sería el menos costoso, ya que ella tenía pensarlo darle a mis padres los bienes sin que le pagasen nada ellos.
Pero entiendo que eso tampoco se puede o sí, haciendo un contrato privado entre particulares de venta o algo así nose.

Aparte, si finalmente tiene que venderlo a mis padres no podría ser por una cantidad irrisoria ¿no? deber ser como mínimo, el mínimo que establezca la comunidad de Madrid para cada inmueble ¿no es así?.

Muchas gracias de antemano.
#2

Re: Donación en vida cuñadas o sobrinos de bienes inmuebles en madrid

en una Donación de inmuebles, hay varios impuestos:
-El que dona, tiene que declarar en el IRPF (o IRNR si no es residente) la ganancia/pérdida entre el valor de adquisición (que aquí podría ser el declarado en el Impuesto de Sucesiones por el fallecimiento del hermano, si todo era suyo) y el de venta.
-El que recibe la donación, impuesto de Donaciones y plusvalía municipal por el incremento del valor de los terrenos.
Creo que en este caso no habría bonificaciones en el impuesto de Donaciones en Madrid, porque no se trata de parientes cosanguíneos: ni los cuñados ni los sobrinos políticos.

Si fuera una venta, habría que pagar igualmente IRPF y plusvalía (ambos por el vendedor) y en vez de Donaciones, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales por el comprador. Si es una venta "ficticia", siempre está el riesgo de que os pillen y os hagan tributar por los impuestos relacionados con la Donación relacionados anteriormente.
¿qué sale mejor? pues depende del valor de los inmuebles, probablemente la venta, pero con los riesgos que conlleva si es ficticia.

En ambos casos habría que hacer la operación ante notario, si se quieren inscribir los inmuebles en el registro de la propiedad.
#3

Re: Donación en vida cuñadas o sobrinos de bienes inmuebles en madrid

Lo primero muchas gracias por la información, me queda algo más claro.

Entiendo que lo mejor sería una venta, pero nada de ficticia, sino legalmente.

Suponiendo que cada inmuble son 100.000€ (1 casa de 100.000, 1 local de 100.000 y la mita de una casa 50.000) (por cierto, ¿el valor catastral es el mismo que el precio mínimo de venta que estipula la comunidad de Madrid?)

Si hiciéramos una venta como comentaba anteriormente.

¿Cuanto sería el gasto que deben pagar tanto mi tía y padres en los trámites aproximadamente?
Plusvalía, ITP...etc.. e incluido gastos de notaría, los típicos honorarios.

Muchas gracias.
#4

Re: Donación en vida cuñadas o sobrinos de bienes inmuebles en madrid

tendrás que ir consultándolo para cada inmueble, no es un porcentaje fijo.
la plusvalia por ejemplo en el municipio de Madrid se puede calcular en este enlace, depende del valor catastral del suelo y del tiempo transcurrido desde la última transmisión:
https://www-s.munimadrid.es/IVTNU_WBAUTLIQ/rellenarDatosCalculoAutliq.htm

El valor mínimo de transmisión no es el mismo que el catastral, se puede consultar en la página de la Comunidad de Madrid:
https://www.comunidad.madrid/servicios/atencion-contribuyente/valoracion-bienes-inmuebles-urbanos-rusticos

El ITP es el 6% y los gastos de notaría creo que dependen no solo del valor de la transmisión, si no también del nº de páginas de la escritura, para que te hagas una idea puedes chequearlo en distintos sitios, aunque lo gordo son los impuestos anteriores:
https://notaria-madrid.es/calculadora-honorarios-notario/
#5

Re: Donación en vida cuñadas o sobrinos de bienes inmuebles en madrid

Genial, muchas gracias, me va quedando el tema algo más claro.

Un saludo
#6

Re: Donación en vida cuñadas o sobrinos de bienes inmuebles en madrid

Buenas  noches:

Si alguno de los inmuebles los tenido en propiedad durante más de 20 años no existe plusvalía municipal.

STC 59/2017, Fundamento 3. La transmisión no es suficiente. Tiene que manifestarse el incremento de valor de los terrenos potencial. No se manifiesta incremento de valor potencial después de 20 años. Puede tener incremento real, pero a partir de 20 años no se ha querido gravar.

Lo que es frecuente que suceda entre titulares que son mayores.

La donación y herencia entre familiares de segundo grado está penalizada en la Comunidad de Madrid. 

Saludos