Hola, chicas! Estaba leyendo lo que decíais de los 50€ de la ayuda de la Comunidad de Madrid y quería contaros mi experiencia por si os ayuda. No soy experta en abogacía, pero me he visto en situaciones similares y os cuento lo que sé:
• ¿Se pueden embargar?: En principio, todas las ayudas en España de carácter social y fomento de la natalidad no deberían ser embargables. Además, por ley, cualquier ingreso que no llegue al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es inembargable.
• El problema de la cuenta bancaria: El lío viene cuando el dinero toca la cuenta. Para el sistema, una vez que el dinero está ahí mezclado, se considera "ahorro". Si tenéis muchos ahorros acumulados, pueden barrer la cuenta. Mi consejo: si os ingresan y lo sacáis o lo movéis rápido, no les das tiempo a que lo retengan.
• Diferencia entre Juzgado y Hacienda:
• Si es por un Juzgado: Tenéis que oponeros al embargo formalmente y demostrar con los movimientos bancarios que ese ingreso es la ayuda o que no llegáis al mínimo legal.
• Si es con Hacienda: Ellos funcionan de otra forma y suelen retener directamente, pero si no tenéis ahorros ni llegáis al SMI, también se puede recurrir.
En resumen: si os pasa, no lo deis por perdido. Si no tenéis otros ingresos grandes, podéis pelearlo porque la ley está de vuestro lado, pero hay que moverse y reclamar. ¡Espero que os sirva!