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Para Enasua - Datos fiscales

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#1

Para Enasua - Datos fiscales

Te quisiera preguntar de nuevo, sobre la parte del impuesto de sucesiones que corresponde a la cuota tributaria abonada por una herencia, de un piso. Me dijiste que dividiera el valor de la vivienda (catastro, o valor dado por comprobación de valores)  entre la masa hereditaria, que saldría un 0.xx, y ese cantidad lo multiplicara por la cuota tributaria, creo que fue así.

1)Pero cómo se realizó una liquidación, he podido ver que la participación individual que me correspondió es una cantidad, suma del caudal hereditario, legados y usufructo desmembrado.
En este caso tendría que dividir el valor del piso entre mi participación individual, y el 0.xx, aplicarlo a la cuota tributariatributaria. 

2) Por otra parte tengo la duda que hubo unas deducciones por parentesco, siendo la base imponible inferior a mi cuota de participación. 

Entonces quiero estar seguro si es como he referido en el punto 1, o me estoy equivocando en algo. 





#2

Re: Para Enasua - Datos fiscales

No sé a qué te refieres con la "cuota tributaria". 
Lo que preguntaste es cómo calcular el valor de los gastos inherentes a la adquisición, de cara a aplicarlos en la casilla correspondiente para calcular la amortización inmobiliaria de un inmueble alquilado adquirido por herencia, si, en ésta, había más bienes.
Mi respuesta fue que calcularas la proporción entre el valor del inmueble dado en la escritura de aceptación de herencia y el importe de la masa hereditaria total que consta en el impuesto sobre sucesiones.
Luego dijiste que te habían hecho desde la CCAA una comprobación de valores y que, el valor que habían dado a ese inmueble, era superior al que consta en escritura. 
Mi respuesta fue que cogieras ese valor como el de adquisición y, respecto a los gastos inherentes a la adquisición, que, para averiguarlos, calcularas la proporción entre ese valor y la masa hereditaria total del Impuesto de Sucesiones más el importe a mayores que giró la CCAA por esa comprobación de valores de ese inmueble.
Las reducciones por parentesco que se aplican para calcular el monto a pagar de impuesto sobre sucesiones nada tienen que ver aquí, el importe a tener en cuenta es el de la masa hereditaria total, todo lo posterior da igual.
De todos modos, hablamos de cantidades nimias, puesto que el impuesto de sucesiones de padres a hijos suele ser pequeño en casi todas las comunidades; apenas te va a variar el montante de la amortización inmobiliaria poner unos euros más o menos, y el efecto en el resultado del IRPF, aún va a ser menor.

#3

Re: Para Enasua - Datos fiscales

Vale, gracias de nuevo. Saludos y buena tarde de Domingo. 
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