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Vivienda VPO - bienes gananciales

4 respuestas
Vivienda VPO - bienes gananciales
Vivienda VPO - bienes gananciales
#1

Vivienda VPO - bienes gananciales

Si una persona adquiere una VPO en 1992, (no se sabe como, si con ayudas, préstamo, etc.) y se casa en gananciales en el año 2000. En el año 2006 se produce la descalificación de la VPO con la devolución de las ayudas e intereses legales con los que se adquirieron en su momento la vivienda. A efectos de liquidación de gananciales, ¿pertenecería al matrimonio (sociedad de gananciales) alguna parte indivisa de la vivienda por haber participado en el pago?    Artículo 1.357 C. Civil: “Los bienes comprados a plazos por uno de los cónyuges antes de comenzar la sociedad tendrán siempre carácter privativo, aun cuando la totalidad o parte del precio aplazado se satisfaga con dinero ganancial. Se exceptúan la vivienda y ajuar familiares, respecto de los cuales se aplicará el artículo 1.354.” 
#2

Re: Vivienda VPO - bienes gananciales

Si es vivienda habitual, la parte pagada (%) a partir del 2000 si la hubo, es ganancial. Los gastos que mencionas son una deuda del que adquirió la vivienda en 1999 con la sociedad de gananciales en la proporción de la que es propietario. Salvo mejor opinión o más información. 
#3

Re: Vivienda VPO - bienes gananciales

Si, es la vivienda habitual. Lo único de lo que hay constancia plena es del archivo de descalificación durante la sociedad de gananciales con la devolución de las ayudas e intereses legales que se adquirieron en su momento para la vivienda. Lo del préstamo es una suposición, porque suponemos que es lo más normal. ¿Se tendría algún derecho? 
#4

Re: Vivienda VPO - bienes gananciales

Te insisto, lo pagado de la vivienda después del matrimonio es ganancial y por tanto el porcentaje correspondiente de la vivienda es ganancial por el hecho de ser la vivienda habitual.  La devolución de las ayudas no la consideraría como compra de la vivienda sino como una mejora, y salvo prueba en contrario, se presupone realizada con fondos gananciales por lo que es una deuda exigible,  en la proporción de la propiedad, con la sociedad de gananciales (1.359 CC). 
Compro por 100, 60 pagados antes, 40 despues, la sociedad de gananciales es propietaria del 40%. Se pagan 20 por levantar la PO, el primer comprador debe a la sociedad de gananciales el 60% de esos 20.  Si no se pago nada de la compra, el comprador debe 20 a la sociedad de gananciales. 
Salvo mejor opinión. 
#5

Re: Vivienda VPO - bienes gananciales

Buenos días, en el caso que planteas la vivienda sería 100% privativa. Sin embargo por las cantidades que se hayan pagado de hipoteca desde que se consumó el matrimonio ha ido generando un crédito hacia la sociedad de gananciales el cual se puede satisfacer bien aportando la vivienda a la sociedad de gananciales en los porcentajes que resulten o mediante la devolución del dinero “prestado” por  la sociedad de gananciales.

Salvo mejor opinión.