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Interpretación Disposición Transitoria 34

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Interpretación Disposición Transitoria 34
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Interpretación Disposición Transitoria 34
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#1996

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

¿Sabemos ya de alguna resolución de Enero en la que se apliquen los coeficientes reductores para 2025 de la DT34?
#1997

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Buenos dias... quisiera haceros una pregunta y ver si termino de enterarme. Yo tengo la pension de incapacidad absoluta desde hace dos años. La revalorizacion adicional del 0.115% ademas del IPC tambien se aplican a pensiones anteriores o solo a las que se originen a partir de 2025 y sean sobre bases de cotización que superen las bases maximas actuales con el destope que quiere hacerse...??
Es que no paro de leer que las pensiones se revalorizan el 2,915 y no es real !! En la simulacion de la web de la seguridad social solo se ha revalorizado mi pensión en el 2,8% , y no aparece nada del incremento adicional.
Bueno gracias si podéis aclararmelo. Un saludo.
#1998

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Hola. El 0,115% adicional al adicional del año anterior sólo se aplica a la Pensión MAXIMA. No se aplica a las pensiones. Así, si tu pensión en 2024 es de 100€, en 2025 te la subirán a 102,8; sin embargo, si la pensión máxima en 2024 fuera de 100€, en 2025 seria de 102,915€. Espero haber aclarado tus dudas.
PD: La PMáxima en 2026 no crece el IPC + 0,155% respecto de la de 2025, sino el IPC + 2*0,155% sobre la de 2025. Y en 2027, el IPC+3*0,115% sobre la de 2026, y así, sucesivamente. 
Las pensiones sólo crecen cada 1 de enero, el IPC, sin más.
#1999

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Gracias por la respuesta. Por tanto si alguien tenía la máxima pensión en 2024 dejará de ser la más alta a partir de 2025. Solo tendrán oportunidad de tener las pensiones más altas los que se vayan jubilando a partir de 2025 !! 
#2000

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Así es. En algún post anterior creo que ya lo decía, hasta ahora, el que se jubilaba con la Pensión Máxima continuaba cobrando la P. Máxima, puesto que a su Pensión se le aumentaba el IPC que era el mismo que se aplicaba a la misma P. Máxima del nuevo año.
Desde este 2025, esto ya no será así, puesto que el incremento del 0,115% SOLO se aplica a la P. Máxima de cada año, y el pensionista que cobraba la P. Máxima no se le aplica ese incremento.