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Interpretación Disposición Transitoria 34

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Interpretación Disposición Transitoria 34
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#5146

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Hola, los % de penalización por JAI wstam en el art 207, y en el 210.4, aue pego literal de la.ley, se indica cómo calcularlo: 
4. Cuando para determinar la cuantía de una pensión de jubilación anticipada por causas no imputables al trabajador hubieran de aplicarse coeficientes reductores por edad en el momento del hecho causante, aquellos se aplicarán sobre el importe de la pensión resultante de aplicar a la base reguladora el porcentaje que corresponda por meses de cotización. Una vez aplicados los referidos coeficientes reductores, el importe resultante de la pensión no podrá ser superior a la cuantía que resulte de reducir el tope máximo de pensión en un 0,50 por ciento por cada trimestre o fracción de trimestre de anticipación" 
Si la base reguladora es muy alta 3500 o más casi siempre seguirá saliendo por encima de la pmax, y será aplicado el reductor del 0.5 % trimestral,que en caso de ser 12 meses, al ser 2 %,  queda.casi  lo mismo neto que xon la PM max bruta después de IRPF
#5147

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Salvo que te jubiles con 24 meses de anticipación, que como no tengas la BR máxima y muchos años cotizados vas a estar por encima del 4%PM.
#5149

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Yo no me preocuparía porque en este enlace de la Moncloa sólo se hable de la jubilación anticipada en general. La DT34 es algo muy específico que sólo afecta, tal y como indica su propio título, "cuando la pensión supere el límite establecido para el importe de las pensiones." 

Si buscas todas las noticias de prensa existentes, anteriores a febrero de este año, tampoco en ellas se hacía mención a esta DT, eran noticias generales de la jubilación anticipada.

La existencia de esta DT 34 sólo la conocíamos aquellos a los que nos afectaba y que estábamos próximos a tomar la decisión de jubilarnos anticipadamente.