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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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#3451

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

No vas mal orientado, cualquier cosa se puede esperar.
Como ejemplo, la actitud de el equipo de opinión sincronizada, que sin reparo,  un día si y el otro también, lo dedican a hablar sin consideración,  criticando lo que toque, jueces, universidades, lo que sea.  Pero muy especialmente, todos los días a la presidenta de la Comunidad de Madrid y por ende a todos los madrileños.

 "Un animal asustado y que se siente acorralado puede llegar a ser muy peligroso" 

#3453

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

según la web de la AEAT en preguntas frecuentes sobre mutualidades
¿Puede presentar un sucesor el formulario?

Sí, cuando el beneficiario hubiera fallecido entre 2019 y 2024

El formulario de solicitud se podrá presentar con el número de referencia del fallecido. Para fallecidos en los años 2023 o 2024, el número de referencia podrá obtenerse por internet a través de este enlace: Agencia Tributaria: Número de referencia

Para los fallecidos en ejercicios anteriores, se podrá solicitar el número de referencia acudiendo a una oficina y justificando su condición de heredero. Reserve su cita por internet a través de este enlace: Asistencia y Cita (agenciatributaria.gob.es)

En todo caso, si el sucesor está dado alta en el registro de sucesores, podrá presentar el formulario del pensionista utilizando esta representación. Puede solicitar el alta en el Registro de sucesores a través del siguiente enlace: Agencia Tributaria: Registro de sucesiones y representaciones legales de menores y personas con discapacidad
#3454

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

me preguntan si la declaración del ejercicio 2024 de un familiar fallecido en 2025 y que obtuvo su número de referencia antes de fallecer, la pueden presentar tal cual o tienen que esperar a darse de alta en el registro de sucesores. La misma pregunta para solicitar a través del formulario que habiliten las rectificaciones de autoliquidaciones dt2.


#3455

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Mi madre falleció en 2023. Antes de darme de alta como sucesora, presenté su declaración de la renta en 2024 utilizando el número de referencia correspondiente a su declaración del ejercicio 2022. Posteriormente, me di de alta como sucesora para poder gestionar todos los trámites relacionados con las mutualidades y demás gestiones administrativas. 

#3456

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

mi impresión es que  primero deben registrarse como sucesores y después hacer todo lo demás, ya que aunque fuese posible, que lo dudo, presentar la declaración y la solicitud de rectificación, tendrían que reclamar las devoluciones y para ello tienen que darse de alta en el registro de sucesores.
Lo " raro" es que en el apartado de preguntas frecuentes sobre mutualidades, sólo mencione a los fallecidos entre 2020 y 2024
#3457

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

gracias 
#3458

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

¿Sería así?

En el caso de un contribuyente fallecido en 2025 cuya declaración del ejercicio 2024 aún no se ha presentado, sus herederos deben encargarse de su presentación. Según la normativa de la Agencia Tributaria, los herederos pueden presentar la declaración utilizando el número de referencia obtenido por el fallecido antes de su muerte. No obstante, si necesitan realizar gestiones adicionales, como acceder a información fiscal o modificar datos, será necesario que se den de alta en el Registro de sucesores de la Agencia Tributaria. 

1. Presentación de la declaración de la Renta 2024

 Si la declaración ya está confeccionada con el número de referencia del fallecido, se puede presentar directamente sin necesidad de estar en el Registro de sucesores. Sin embargo, si se requiere modificar datos o consultar información adicional, los herederos deberán solicitar el acceso mediante el modelo de solicitud de sucesores.

2. Solicitud de rectificación de autoliquidaciones (DT2)

 Para solicitar la rectificación de autoliquidaciones a través del formulario DT2, es obligatorio estar registrado como sucesor en la Agencia Tributaria. No se puede utilizar directamente el número de referencia del fallecido para realizar este trámite. Los herederos deben acreditar su condición y darse de alta en el Registro de sucesores para poder actuar en nombre del fallecido y presentar cualquier solicitud de modificación de su declaración.
#3459

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Ya aparece el formulario lo acabo de rellenar no pone años.lo he hecho a traves de la app
#3460

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

donde lo ves?
#3461

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

He entrado en la app y al pulsar renta 2024 me ha salido un mensaje le he dado y me ha salido