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Re: Declarar intereses Deposito bancario - Declaración de la Renta
Hola,
Depende del origen de los fondos que se aportaron a la hora de constituir el depósito/adquirir las participaciones del fondo de inversión, de conformidad con lo dispuesto en los apdos. 3º y 5º del art. 11 de la Ley del Impuesto.
Si los mismos provienen de una cuenta conjunta, los rendimientos/ganancias patrimoniales, gastos y retenciones se deberán imputar a cada contribuyente según la misma proporción que cada uno ostente en la cuenta bancaria de dónde se obtuvieron los importes necesarios para realizar mencionadas imposiciones. En este caso, el hecho de que ante la entidad bancaria/sociedad gestora sólo figure uno de ambos, si el origen de lo aportado es común -según se acaba de indicar-, es indiferente que información que aparezca en los datos fiscales, puesto que dichos organismos han actuado correctamente ya que el dato del que disponen es que tú te has declarado como único titular y por ello realizan la declaración informativa a la Administración atribuyendo la totalidad de dichas rentas únicamente a ti.
Por tanto, hay que corregir los datos que se importan en el borrador de manera automática a partir de los mismos y proceder al reparto según el porcentaje que represente sobre el total depositado/invertido la parte que cada uno aportó.
Un saludo,
Depende del origen de los fondos que se aportaron a la hora de constituir el depósito/adquirir las participaciones del fondo de inversión, de conformidad con lo dispuesto en los apdos. 3º y 5º del art. 11 de la Ley del Impuesto.
Si los mismos provienen de una cuenta conjunta, los rendimientos/ganancias patrimoniales, gastos y retenciones se deberán imputar a cada contribuyente según la misma proporción que cada uno ostente en la cuenta bancaria de dónde se obtuvieron los importes necesarios para realizar mencionadas imposiciones. En este caso, el hecho de que ante la entidad bancaria/sociedad gestora sólo figure uno de ambos, si el origen de lo aportado es común -según se acaba de indicar-, es indiferente que información que aparezca en los datos fiscales, puesto que dichos organismos han actuado correctamente ya que el dato del que disponen es que tú te has declarado como único titular y por ello realizan la declaración informativa a la Administración atribuyendo la totalidad de dichas rentas únicamente a ti.
Por tanto, hay que corregir los datos que se importan en el borrador de manera automática a partir de los mismos y proceder al reparto según el porcentaje que represente sobre el total depositado/invertido la parte que cada uno aportó.
Un saludo,
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Re: Declarar intereses Deposito bancario - Declaración de la Renta
#6
Re: Declarar intereses Deposito bancario - Declaración de la Renta
Hola de nuevo, @fran86
Has borrado un post en el que seguías presentando dudas. Te vuelvo a explicar:
Reitero lo expuesto, no depende del régimen económico del matrimonio, si no que la imputación fiscal debe realizarse conforme a la cuota de propiedad real de los fondos con los que se constituyó el depósito. Lo que le he expuesto no afecta únicamente al régimen de gananciales, como Ud. ha supuesto erróneamente, si no que es una norma de aplicación general a todos los contribuyentes.
Ejemplos, para una mejor compresión de lo expuesto:
- Si los fondos depositados/invertidos, aunque provengan una cuenta conjunta, si corresponden a rendimientos del trabajo de un cónyuge, debido al régimen económico, son privativos del mismo y, por tanto, debe imputarse únicamente en su declaración y por la totalidad del importe.
- Si, por el contrario, dicho importe proviene de una venta de algún bien que ambos tenían por mitades, entonces, aunque solo uno figure como titular ante la entidad financiera/sociedad gestora, la imputación debe realizarse conforme a dicha proporción corrigiendo para ello los datos fiscales.
Espero que así le haya quedado claro,
Un saludo.
Has borrado un post en el que seguías presentando dudas. Te vuelvo a explicar:
Reitero lo expuesto, no depende del régimen económico del matrimonio, si no que la imputación fiscal debe realizarse conforme a la cuota de propiedad real de los fondos con los que se constituyó el depósito. Lo que le he expuesto no afecta únicamente al régimen de gananciales, como Ud. ha supuesto erróneamente, si no que es una norma de aplicación general a todos los contribuyentes.
Ejemplos, para una mejor compresión de lo expuesto:
- Si los fondos depositados/invertidos, aunque provengan una cuenta conjunta, si corresponden a rendimientos del trabajo de un cónyuge, debido al régimen económico, son privativos del mismo y, por tanto, debe imputarse únicamente en su declaración y por la totalidad del importe.
- Si, por el contrario, dicho importe proviene de una venta de algún bien que ambos tenían por mitades, entonces, aunque solo uno figure como titular ante la entidad financiera/sociedad gestora, la imputación debe realizarse conforme a dicha proporción corrigiendo para ello los datos fiscales.
Espero que así le haya quedado claro,
Un saludo.
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Re: Declarar intereses Deposito bancario - Declaración de la Renta
Es que parte de un error de base: no existe opción para que Ud. pueda proceder con esa forma de declaración si los fondos que han originados las rentas no son de exclusiva propiedad: la norma expresada es de obligado cumplimiento, y no admite ni pacto en contrario ni voluntad de atribución distinta a lo que ella dispone.
En caso de declarar incorrectamente, la Administración, si detecta la incorrección de su declaración, puede iniciar los procedimientos de control oportunos para regularizar la situación.
En caso de declarar incorrectamente, la Administración, si detecta la incorrección de su declaración, puede iniciar los procedimientos de control oportunos para regularizar la situación.
#8
Re: Declarar intereses Deposito bancario - Declaración de la Renta
Entiendo su respuesta, pero al depositar los fondos desde una cuenta conjunta en la que estan incluidos desde hace años ingresos por diferentes conceptos de ambos conyuges ¿Como saber que importe de esos fondos corresponde a uno u otro conyuge a efectos de calcular el porcentaje para declarar los intereses?
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Re: Declarar intereses Deposito bancario - Declaración de la Renta
#10
Re: Declarar intereses Deposito bancario - Declaración de la Renta
Es complejo -por no decir que prácticamente imposible-. En ese caso, lo que la Administración tributaria, si finalmente detectara y, por tanto, regularizase la situación, aplicaría la suposición de que corresponden a todos y cada uno de los titulares de la cuenta por partes iguales.
#11