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Declaración renta indemnización despido 20 primeros días
Hola,
querría haceros una pregunta sobre cómo debería gestionarse en la declaración de la renta la cantidad recibida por indemnización por despido colectivo para los primeros 20 días por año trabajado, que es libre de IRPF.
Como esta parte de la indeminzación es libre de IRPF, para que no cuente en el cómputo de las retribuciones recibidas y no se le apliquen los cálculos de la cuota a pagar, ¿en principio no se debería de especificar en la declaración, o si se debe especificar, cómo se indica que no computan para el cálculo de la cuota a pagar?
Esta retribución es libre de IRPF, pero entiendo que si se cuenta sin más como una retribución recibida, en el borrador se hará el cálculo de lo que tocaría pagar (la cuota correspondiente) y saldría que habría que pagar IRPF por esta retribución. ¿Cómo se debería proceder en estos casos?
Gracias.
Un saludo.
querría haceros una pregunta sobre cómo debería gestionarse en la declaración de la renta la cantidad recibida por indemnización por despido colectivo para los primeros 20 días por año trabajado, que es libre de IRPF.
Como esta parte de la indeminzación es libre de IRPF, para que no cuente en el cómputo de las retribuciones recibidas y no se le apliquen los cálculos de la cuota a pagar, ¿en principio no se debería de especificar en la declaración, o si se debe especificar, cómo se indica que no computan para el cálculo de la cuota a pagar?
Esta retribución es libre de IRPF, pero entiendo que si se cuenta sin más como una retribución recibida, en el borrador se hará el cálculo de lo que tocaría pagar (la cuota correspondiente) y saldría que habría que pagar IRPF por esta retribución. ¿Cómo se debería proceder en estos casos?
Gracias.
Un saludo.