Cierto: el que ha cobrado como heredero los 4 años de las rectificaciones de la DT2 es Kaletra; Raram sólo ha cobrado lo de 2023.
#272
Re: Mutualistas: devolución del IRPF
Lo único que ha ice es rellenar el formulario que hay en la página del defensor del contribuyente con todos los datos que repercutían en la devolución de mutualidades del año 2023.... Que es el único que he cobrado saludos
Desde hace 1 hora o más ya aparece el epígrafe declaración de la renta 2024 y por tanto ya está habilitada la consulta de datos fiscales de dicho ejercicio.
Por lo que me han comentado mutualistas jubilados:
No funcionarios: -sí figura el ajuste por aportaciones a mutualidades laborales. - no figura el ajuste por aportaciones a mutualidades de previsión social voluntaria del complement de pensión (tocaá una vez más corregí manualmente).
Funcionarios: no figura el ajuste en el complemento de pensión que reciben de sus cirrespondientes mutualidades funcionariales); tocará una vez más aplicar el ajuste manualmente
#274
Re: Mutualistas: devolución del IRPF
Hola, He entrado en los datos de mi padre y confirmo que aparece en datos fiscales, en rendimientos de trabajo el ajuste por mutualidades para la renta 2024.
#275
Re: Mutualistas: devolución del IRPF
Buenos días, tenía una duda, a mi suegro en enero le han concedido el complemento de maternidad desde el 2018, que es un 10% de la pensión, en los datos fiscales de 2024 no aparecen los atrasos, los tengo que añadir manualmente. ¿Sobre el complemento de maternidad también se aplica el porcentaje de mutualista?
#276
Re: Mutualistas: devolución del IRPF
Si lo ha cobrado en enero 2025, le saldra en datos fiscales de 2026. Tiene que hacer una complementaria por cada año de atrasos cobrados. 2018-2019-2020-2021-2022 y 2023. Los atrasos de 2024 lo debe añadir a lo cobrado en 2024 al hacer ahora la Renta. Los atrasos de 2025 ya le saldrán añadidos a sus ingresos de 2025, que debe declarar en 2026. Aparte del 15% ya retenido, pagará por cada año de atrasos.
#277
Re: Mutualistas: devolución del IRPF
Si, eso lo tengo claro, lo que no he encontrado es si el porcentaje que le deducen por mutualista, se aplica también en el complemento.
La obtención del porcentaje de reducción/ajuste por aportaciones a mutualidades se realiza sobre la base reguladora de la pensión inicial. El complemento por maternidad (ahora denominado complemento para la reducción de la brecha de género) es un porcentaje adicional sobre la pensión contributiva, pero no constituye una base reguladora en sí misma.