COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES, ARQUITECTOS TÉCNICOS E
INGENIEROS DE EDIFICACIÓN DE CÁCERES
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[email protected]IVA: REGIMEN ESPECIAL DEL CRITERIO DE CAJA
Tras la reciente promulgación del Real Decreto 828/2013 de 25 de octubre, que
entre otras cuestiones modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, se ha
procedido ya al desarrollo reglamentario del nuevo “Régimen Especial del Criterio de
Caja” que estableciera la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los
emprendedores y su internacionalización, publicada en el BOE el pasado 28 de
septiembre.
¿Cuándo entra en vigor?
El nuevo régimen entrará en vigor el 1 de enero de 2014 y será de carácter
voluntario. Los interesados en acogerse al mismo deberán comunicarlo antes del 31 de
diciembre. Si un empresario inicia su actividad en 2014 podrá entrar mediante solicitud
expresa a través de declaración censal. La inclusión al régimen se prorrogará
automáticamente en los años siguientes salvo renuncia o exclusión, si no se cumplen los
requisitos. En caso de renuncia, ésta tendrá efectos para un periodo mínimo de tres años
y se deberá comunicar antes del 31 de diciembre del ejercicio previo.
¿Quiénes pueden acogerse?
Podrán acogerse a este régimen todas aquellas empresas y autónomos con una
facturación que no exceda los dos millones de euros. Además, se excluye de este
sistema de caja a aquellos que reciban en efectivo de un solo cliente más de 100.000
euros en un mismo ejercicio. Tampoco podrá acogerse quienes estén afectos a los
regímenes especiales de IVA, en las operaciones de entrega de bienes exentos, en las
adquisiciones intracomunitarias y en las importaciones.
¿Cómo funciona?
Los acogidos a este régimen pagarán a la Agencia Tributaria el IVA repercutido
en el momento que lo cobren (total o parcialmente), o si el pago no se produce, se
tributará como máximo el 31 de diciembre del año posterior a aquel en que se haya
realizada la operación sujeta a IVA.
De igual manera el IVA soportado se deducirá en el momento que se paguen
(total o parcialmente) las facturas recibi