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Venta de una segunda vivienda y donación del dinero.

6 respuestas
Venta de una segunda vivienda y donación del dinero.
Venta de una segunda vivienda y donación del dinero.
#1

Venta de una segunda vivienda y donación del dinero.

Buenas tardes,

Estamos ante el dilema de decidir que sería más beneficioso fiscalmente. Opción A: Mi madre con residencia en Granada y mayor de 65 años quiere vender una segunda vivienda y donar a sus hijas el dinero recibido por la venta. Opción B: Donar  la vivienda a las hijas y ser éstas las que posteriormente vendan la vivienda. ¿qué impuestos habría que pagar en cada caso?
Gracias
#2

Re: Venta de una segunda vivienda y donación del dinero.

Al no ser vivienda habitual, me temo que va a dar igual.  Plusvalía municipal, ganancia patrimonial IRPF y impuesto de donaciones. Venta y donación de dinero será más simple. Salvo mejor opinión. 
#3

Re: Venta de una segunda vivienda y donación del dinero.

Gracias.
#4

Re: Venta de una segunda vivienda y donación del dinero.

Buenas tardes:

Primero revalorización de la vivienda antes de venderla para quitarse los gastos de inflación, de acuerdo con la Norma Internacional de Contabilidad 12 (NIC 12) vigente en la UE y por lo tanto en España. El IRPF se disminuiría por lo tanto con dichos gastos. 

La plusvalía municipal sería CERO (0) si se ha tenido en posesión más de 20 años.

El coste la donación depende de la comunidad autonómica, con el ISD.

Saludos.
#5

Re: Venta de una segunda vivienda y donación del dinero.

Ya echábamos de menos sus barbaridades y estupideces. 
#6

Re: Venta de una segunda vivienda y donación del dinero.

Habría que conocer las situaciones personales en cuanto a IRPF de las tres pero como estima "Rucko" la variación puede ser muy poca.

Quizas si primero dona y después las hijas venden se podría ahorrar algo en impuestos:
- El incremento patrimonial de la madre no lo evitaría
- La donación al ser las donatarias las que corren con ella y ser por mitad quizás ahorrarían algo  

Esperamos comentarios
#7

Re: Venta de una segunda vivienda y donación del dinero.

Buenas noches:

El mundo mundial es muy estúpido, así como bárbaro, y ha considerado que los gastos correspondientes al incremento inflacionario no son ganancias patrimoniales.

Tanbién dicho mundo es muy estúpido y en estadística ha establecido la ley de los grandes númnero que dice, aplicado a la inflación, que los precios con el paso de los años se acercan al incremento inflacionario, por lo que la mnera posesión de una propiedad no incrementa la capacidad adquisitiva, sino que la mantiene.

Si la mantiene no hay incremento notable de capacidad y por lo tanto de IRPF. Lo cual quiere decir, para la plusvalía municipal que tampoco se ha producido dicha plusvalía.

Saludos. 

  • Reglamento (UE) 2023/2468 de la Comisión, de 8 de noviembre de 2023, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2023/1803 en lo referente a la Norma Internacional de Contabilidad 12. 
  
  • NIC 12.noviembre 23.Regl 2023-2468

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