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Dependencia grado I, cotización especial - Seguridad Social

1 respuesta
Dependencia grado I, cotización especial - Seguridad Social
Dependencia grado I, cotización especial - Seguridad Social
#1

Dependencia grado I, cotización especial - Seguridad Social

Buenas noches.

Una persona que sea cuidador de un padre o madre o familiar grado I, según me han comentado en asuntos sociales puede cotizar por 630 euros.

En el caso de hacer un convenio especial y mantener su cotizacion anterior de 2000 euros que tenía si dejase de trabajar y no perder cotización ...

Por esos 1370, cual sería la cantidad que debería abonar a la seguridad social?

Gracias.
#2

Re: Dependencia grado I, cotización especial - Seguridad Social

La cuota de este convenio especial se calcula en los siguientes términos:

  • Se aplicará a la base de cotización elegida por el suscriptor el tipo único de cotización vigente en el Régimen General (el 28,30%).
  • El resultado obtenido se multiplicará por el coeficiente reductor que anualmente fije la Orden de cotización (para el año 2025 es 0,94).
  • El producto que resulte constituirá la cuota a ingresar.
  • Asimismo, desde el 1 de enero de 2023, se ingresará además la cuota correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), según lo previsto en la Disposición Transitoria 43ª del RDL 8/2015, de 30 de octubre que se determinará aplicando el tipo que corresponda cada año sobre la base de cotización inicial por contingencias comunes que corresponda, con arreglo a la siguiente escala:
    • En el año 2025, será de 0,80 puntos porcentuales