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Desgravación préstamo empleado en cancelación de hipoteca de compra de vivienda - IRPF

7 respuestas
Desgravación préstamo empleado en cancelación de hipoteca de compra de vivienda - IRPF
Desgravación préstamo empleado en cancelación de hipoteca de compra de vivienda - IRPF
#1

Desgravación préstamo empleado en cancelación de hipoteca de compra de vivienda - IRPF

 
Buenas tardes: 

En Octubre de 2023 recibí un préstamo de mi madre de 36000€ para poder cancelar la hipoteca de aproximadamente 42000€ que iba devolviendo al Banco de Santander desde el año 2010, fecha en la que compré la vivienda. 

Es un préstamo con 0 intereses de mi madre, en el que se estipula en el contrato firmado que, tengo que devolverlo en 10 años a razón de 300€ al mes, cantidad mucho más asequible para mí que el préstamo bancario. Por supuesto su finalidad es la cancelación de la referida hipoteca. 

¿Puedo desgravar por compra de vivienda las cantidades abonadas a mi madre por transferencia bancaria de devolución del préstamo, que suponen al año 3600€?. Hasta ahora, por tratarse de una vivienda adquirida en el 2010, podía hacerlo. Ahora cuando mi madre hace de banco ¿puedo seguir desgravando? 

Esa es la pregunta que hago al foro. Agradecería respondieran a mi pregunta. 

Agradecida de antemano. 
#2

Re: Desgravación préstamo empleado en cancelación de hipoteca de compra de vivienda - IRPF

No
#3

Re: Desgravación préstamo empleado en cancelación de hipoteca de compra de vivienda - IRPF

¿por qué no?
Si el dinero recibido de la madre lo ha entregado tal cual para cancelar el préstamo antiguo, Hacienda sí lo admite. Ahora, si ha sacado el dinero de otro lado para cancelar el antiguo y luego recibe el préstamo de la madre, no. Te pongo el caso de una consulta vinculante en el que lo explican,y vale también para préstamos entre particulares, no tiene por qué ser bancario:
https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V0715-22
 , si en su totalidad se destinase a cubrir estrictamente los costes asociados a la cancelación del préstamo primigenio, también será objeto de deducción. 
 Cuestión distinta sería un supuesto de cancelación, parcial o total, de la deuda y una posterior obtención de crédito, incluso con la garantía de los citados bienes o mismo período de amortización del que quedaba pendiente del precedente, sin concatenación entre ambos. Lo cual habría que entender que son operaciones distintas, e implicaría la pérdida al derecho a practicar la deducción por inversión en vivienda habitual por la nueva financiación. Cosa que no ocurriría si se produjese la cancelación del primero con parte o todo del principal del nuevo que se constituyese en el mismo acto. 
#4

Re: Desgravación préstamo empleado en cancelación de hipoteca de compra de vivienda - IRPF

Sí, puedes desgravar siempre que esté acreditado que el préstamo de tu madre sirvió para cancelar hipoteca, que cuadren las fechas por ejemplo.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Desgravación préstamo empleado en cancelación de hipoteca de compra de vivienda - IRPF

Sí, claro, también deduce.
Este año te vas a encontrar con un problema en el borrador, y es que se va a volcar el dato que ha dado el banco, diciendo que has amortizado el total del préstamo, y te va a poner el tope de deducción. Tienes que modificarlo: suma las cuotas pagadas antes de la cancelación y lo pagado al préstamo personal que te ha hecho tu madre, y cambia el importe que conste por ése. Y quita la referencia al préstamo hipotecario que aparece al final de esa pantalla, porque sólo se indica cuando hay un único préstamo deducible y tú, este año, has tenido 2.
#6

Re: Desgravación préstamo empleado en cancelación de hipoteca de compra de vivienda - IRPF

Muchas gracias Bacalao. Se utilizó íntegramente el nuevo préstamo más ahorros que yo tenía. Todo está documentado, incluida la presentación del nuevo préstamo con el modelo 600 ante la Generalitat  Valenciana. Además consta la cancelación de la hipoteca bancaria en la escritura correspondiente y en el registro.


#7

Re: Desgravación préstamo empleado en cancelación de hipoteca de compra de vivienda - IRPF

Muchas gracias, Juan
#8

Re: Desgravación préstamo empleado en cancelación de hipoteca de compra de vivienda - IRPF

Pues el dato de la cancelación total apareció en los datos fiscales del ejercicio IRPF de 2023, ya que era de ese año.

No me quedó más remedio que aplicar los 9040€ y como sabes, el 15% de esa cantidad es lo que desgravó sumando la parte estatal y la autonómica.

En los datos fiscales del IRPF 2024 ya no aparece préstamo hipotecario alguno. Pero por lo que me estáis informando en este foro y lo que he podido deducir de leer en el Manual de la Renta, parece que si que puedo poner como base de deducción las cantidades que devolví durante 2024 a mi madre por su préstamo., que son 3600€.

Muchas gracias Enasua por tu ayuda.