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Devolucion renta + concurso de acreedores

3 respuestas
Devolucion renta + concurso de acreedores
Devolucion renta + concurso de acreedores
#1

Devolucion renta + concurso de acreedores

Estoy en concurso de acreedores de personas fisicas y por la dedución de conyuge discapacitado a cargo me sale la declaracion a devover. La devolucion ha sido aceptada por hacienda pero resulta que la han mandado a recaudacion de Toledo. A ver si alguien me puede aclarar si la devolucion se me hará a mi porque parece una cuestion dificil, ni mi abogado ni la propia agencia tributaria han sabido aclararmelo... Gracias de antemano.
#2

Re: Devolucion renta + concurso de acreedores

Según el sitio web de la Agencia Tributaria: cuando una persona se encuentra en concurso de acreedores (en este caso, de persona física), cualquier devolución tributaria que proceda, como por ejemplo por la deducción por cónyuge discapacitado a cargo, no se abona directamente al contribuyente, sino que entra en el ámbito de actuación del administrador concursal y del juez del concurso.

Esto se debe a que, conforme al artículo 76 de la Ley Concursal (actual Texto Refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020), los créditos a favor del deudor —como una devolución de IRPF— pasan a estar bajo la tutela del concurso y se gestionan dentro del procedimiento judicial. Por tanto:

• Hacienda puede reconocer la devolución, como has visto que ya ha hecho.

• Pero el pago no se ejecuta directamente a tu favor, sino que se envía a la unidad de recaudación correspondiente (en tu caso, parece ser la de Toledo), para que esta determine cómo debe gestionarse el importe conforme al concurso abierto.

Esto implica que:

• Si tienes deudas tributarias pendientes, ese dinero se podría aplicar a compensarlas.

• Si no hay deudas con Hacienda pero sí con otros acreedores, el administrador concursal y el juzgado decidirán cómo se reparte.

• Si el procedimiento de concurso ha sido concluido (por ejemplo, tras un plan de pagos o un beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho), entonces el tratamiento puede variar.

¿Qué puedes hacer ahora? Te recomiendo que solicites por escrito (vía registro electrónico o presencial) una aclaración a la Delegación de Recaudación de Toledo, indicando que tu devolución ha sido derivada allí y solicitando saber en qué situación se encuentra el pago y si será abonado o aplicado a deudas. Además, tu administrador concursal debería poder informarte, ya que es parte de sus competencias gestionar estos créditos.

Por último, si el concurso ya está concluido judicialmente y dispones de auto firme que así lo indique, podría ser clave presentarlo también a la AEAT.


ChatGPT puede cometer errores. Considera verificar la información importante.
#3

Re: Devolucion renta + concurso de acreedores

Gracias por tu respuesta pero a mi ChatGpt me dice entre otras cosas esto: " En general, las devoluciones del IRPF derivadas de deducciones personales, como las relacionadas con la discapacidad, tienen un carácter asistencial y están destinadas a cubrir necesidades específicas del contribuyente. Estas devoluciones no suelen considerarse ingresos ordinarios y, por tanto, podrían no formar parte de la masa concursal. "
#4

Re: Devolucion renta + concurso de acreedores

No. Eso se ha intentado, lo de insistir en que son ayudas asistenciales, para evitar que puedan embargarse. Pero la respuesta siempre es la misma: son deducciones; las deducciones son embargables. Por eso, precisamente, las llamaron deducciones en lugar de ayudas, para poder embargarlas. 
https://www.legaltoday.com/practica-juridica/derecho-fiscal/fiscal/pueden-embargarse-la-deducciones-por-maternidad-o-familiares-del-irpf-que-correspondan-al-ejecutado-una-reflexion-la-hilo-del-real-decreto-ley-92015-2017-07-17/