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Impuesto sucesiones Asturias, palo tremendo (Urgente)

14 respuestas
Impuesto sucesiones Asturias, palo tremendo (Urgente)
Impuesto sucesiones Asturias, palo tremendo (Urgente)
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#9

Re: Impuesto sucesiones Asturias, palo tremendo (Urgente)

Y además habla de que su padre hereda todo el pastel, no habla de renuncias por parte del cónyuge, parece no saber que ha hecho la persona a la que se ha confiado el asunto...

Me huele a que nada se ha hecho bien o que simplemente no se ha hecho nada.

#10

Re: Impuesto sucesiones Asturias, palo tremendo (Urgente)

Me habéis arrojado bastante luz sobre el asunto y por lo que veo, me da la impresión de que va ser lo que decís, no se hicieron las cosas bien. Como dice El sujeto pasivo, el contable este que tenemos debe ser un "artista", a mi siempre me ha parecido un inútil y no es la primera vez que mete la pata y no llega un buen palo de Hacienda por no informarnos correctamente o no hacer las cosas bien. Siempre me ha dado la impresión de que no tiene mucha idea de lo que hace, en fin...

Cuando vea a mi padre, este mediodía, se lo diré y pensaremos que hacemos y os comentaré nuevamente. De momento, como veo que es un dato importante, el valor (tanto valor declarado como valor a liquidar) de los inmuebles según está carta es aproximadamente de 70500 y de 117500 euros, el ajuar doméstico es de casi 3300 euros y la cuenta bancaria de poco más de 20 euros.

Lo más importante ahora: de haber sido como comentáis y haberse hecho mal ¿estamos a tiempo de subsanarlo? ¿podemos ahora aceptar la herencia y hacer la autoliquidación para que el Ente Tributario nos corrija estos datos y paguemos algo más asumible?

#11

Re: Impuesto sucesiones Asturias, palo tremendo (Urgente)

Son cosas que ya se escapan del ámbito de un foro en internet, por eso te aconsejaba que acudieras a un abogado.

La posible solución, y solo es una idea apuntada al aire, sería responder al requerimiento indicando que tu padre no es el heredero; que tu abuelo aceptara la herencia y presentara la liquidación fuera de plazo (el plazo es de seis meses desde la defunción y supongo que ya ha pasado) con el pago de un recargo mínimo (entre el 5% y el 15% de pende de lo que tardeis)*.

Pero sería necesario que un asesor profesional pudiera ver toda la documentación y tuviera conocimiento exacto de todo lo que se ha hecho, o no se ha hecho, hasta ahora para saber exactamente lo que se tienen que hacer, o, en todo caso, si la liquidación que os ha presentado el Ente Tributario es correcta.

Un saludo


* En relación a recargos por presentación de autoliquidación fuera de plazo mira este post: Recargos por declaración extemporánea sin requerimiento previo.

#12

Re: Impuesto sucesiones Asturias, palo tremendo (Urgente)

Por añadir algo más.

Teniendo en cuenta que vuestro "contable" disfruta de sus presuntas merecidas vacaciones y no está localizable, lo más prudente es que tu padre y si es posible también tu abuelo, se presenten en la oficina liquidadora del Impuesto de Sucesiones y pidan ver el expediente administrativo. De esa forma podrán saber lo que se ha hecho, si es que se ha hecho algo, y actuar en consecuencia. Creo recordar que en Gijón existe oficina liquidadora o, mejor aún, mira el remite en el sobre que se ha recibido o en el propio escrito.

Deberán manifestar que han confiado la liqiudación del impuesto a una tercera persona y que presumían que el trabajo estaba hecho, hasta que han recibido la notificación. Que no pueden localizar a esa persona por encontrase de vacaciones y que desean ver el expediente administrativo para conocer lo que se ha hecho al respecto.

Si no se ha hecho nada o se ha hecho rematadamente mal, deberían presentarse alegaciones, en plazo, manifestando la disconformidad con la liquidación realizada por la administración por no ajustarse a lo estipulado en el testamento que debe ser aportado con las alegaciones y que se peesentará liquidación del impuesto con la mayor brevedad. No sirve la copia del testamento que puediera tener tu abuelo en casa. Si no se ha hecho debe solicirse la declaración de actos de úntima voluntad y cuando se reciba se indicará el notario ante el que fue otorgado el último testamento que será el válido y habrá que dirigirse a la correspondiente notaría. La declaración de actos de última voluntad, si no se ha tramitado en su momento, se puede tramitar a través de la web del Minestero de Justicia, al menos recoger el formulario y seguir las instrucciones.

Se me ocurren algunas cosas más:

¿Cobró el buen señor por el trabajo realizado?

¿Una vez filalizado su trabajo entregó a su cliente la documentación que acredita la realización del mismo? Los profesionales normales y buenos lo hacen siempre. Es una garantía del trabajo realizado que da seguridad a su cliente y además le permite a él mismo cubrirse sus propias espaldas.

¿Se ha tramitado ante el Catastro el cambio de titulariad de algún inmueble? ¿Se ha recibio algún tipo de notificación al respecto?

¿Y qué hay del Registro de la Propiedad: se sabe algo?

Si todo resulta como parece es bastante probable que la cuantía del impuesto pueda ser rebajada, participando padre e hijo en el reparto de la herencia (se reduce la progresividad del impuesto, al margen de otras cosas). de lo que no os váis a librar es de los posibles recargos.

Y por último va un pequeño rapapolvo a modo de advertencia para el presente y para el futuro. Uno puede confiar sus asuntos personales a un tercero, pero debe mantenerlo siempre estrechamene vigilado, para tener la seguridad de que el encargo se ha realizado correctamente. Además ese tercero ha de ser consciente de que se le vigila y que los ojos de su cliente están siempre puestos sobre su cogote, para que no le den tentaciones de hacer cosas raras o simplemente no hacer nada. Es la única forma de evitar experiencias desagradables como esta. A este respecto se ha escrito un post hace poco tiempo que considero imprescindible y que aunque se centra más bien en el aspecto financiero, se puede aplicar a este caso perfectamente. No se me ocurre forma alguna de mejorar lo que en él se dice.

https://www.rankia.com/blog/culturafinanciera/892886-6-razones-para-autogestion-finanzas-personales#comentarios_de_892886

#13

Re: Impuesto sucesiones Asturias, palo tremendo (Urgente)

He ido a los Servicios Tributarios y ya está aclarado todo. Mi padre hereda parte de la herencia y mi abuelo otra parte, porque el hijo siempre hereda, ponga lo que ponga en el testamento.

La parte de mi abuelo está liquidada, así que no hay nada que tributar (cuando veamos la carta que le enviarán a mi abuelo lo confirmaré). La parte de mi padre es por la que hay que tributar, está correcta y no hay nada que se pueda hacer contra eso. Tampoco queda nada pendiente por liquidar o por hacer.

El testamento se hizo correctamente, el contable también actuó correctamente, no hubo ninguna irregularidad y es todo correcto, así que toca pagar. No deja de parecerme un abuso, pero es lo que hay.

El sujeto pasivo: Tienes razón en que hay que supervisar a quien delegas estos asuntos, pero esto se hace precisamente por falta de tiempo y también porque no siempre tienes los conocimientos adecuados para todas las situaciones y confías en un experto. De todas formas hay que decir que al final sí que se actuó correctamente y no hubo ninguna irregularidad.

Saludos y gracias a todos.

#14

Re: Impuesto sucesiones Asturias, palo tremendo (Urgente)

he leido el hilo con mucha atencion (recientemente pase por algo parecido).
hago un off-topic diciendo que las herencias es mejor repartirlas en vida, bajo el buen entendimiento de que familia es familia. con eso uno se puede evitar pellizcos del fisco mas tarde.

#15

Re: Impuesto sucesiones Asturias, palo tremendo (Urgente)

Si repartes en vida (algo que yo no aconsejaría a nadie) estás donando, y la donación también está sometida a fiscalidad.