Para cobrar la Pensión máxima no es necesario cotizar por la Base máxima, aunque cotices un poco menos, tu Base Reguladora en la pensión sigue estando por encima de la pensión máxima, 4.909 € * 12 / 14 = 4.207, es mucho más que 3.267 € de pensión máxima.
Caso real: pensión causada en marzo de 2016, Base Reguladora 2.934 €, pensión máxima a cobrar 2.567,28 €, aunque hubiera cotizado un poco menos de la máxima, también la Base Reguladora hubiera seguido estando por encima de la máxima.
El punto 3 de tu mensaje no lo entiendo, ¿cotizar por encima de la Base máxima? Se supone que nadie cotiza por encima de la Base máxima, ni antes, ni ahora, para eso está establecida dicha Base como máxima.
Dices que los que cotizan ahora pagan más que los que cotizaban en 2021 al estar la base máxima fijada en 4.070 €, pero estos a su vez cotizaban más que los que cotizaban en 2015 por la Base máxima 3.606, hasta hoy, todos veníamos cobrando la pensión máxima, habiendo cotizado unos más que otros.
Un ejemplo un tanto atípico, pero real: persona que en 2024 dejó el trabajo habiendo cotizado los últimos 25 años por la Base máxima, desde entonces hasta el mes de abril próximo está cotizando a través de un Convenio Especial con la Seguridad Social por la Base Mínima 1.323 €, calculada la Base Reguladora de la pensión que le corresponderá en abril al 100%, sale 3.385 €, por encima de la Pensión máxima 3.267 €, a esta persona que pensión le pagarán, no ha tenido que soportar la sobre-cotización MEI en ningún momento.
Otra duda, quienes serán los primeros a los que se les aplique la nueva Pensión máxima de 3.267 €.
La sobre-cotización la tendrán que soportar todos los trabajadores o solo los que están cotizando por Base máxima a partir de enero de esta año.