Modificación de las garantías por responsabilidad hipotecaria
Pedí en 2003 un Préstamo Hipotecario con BSCH por importe de 300.000 €, para la compra de un solar y la construcción en él de una vivienda. La responsabilidad hipotecaria se distribuyó entre dos propiedades: el solar que compré (90.000 €) y el piso donde vivía entonces (210.000 €), inscribiéndose dichas cargas registrales en las fincas correspondientes (el piso donde vivía tenía además una hipoteca previa del año 1998). Todo ocurre en Andalucía.
En 2005 terminé la construcción de la casa sobre el solar y vendí el piso. El adquiriente, en el momento de formalización de la venta, a través de La Caixa, cancela la hipoteca que en el año 1998 se constituyó sobre dicha finca, si bien, ante la información que consta en la nota simple de la existencia de dos cargas hipotecarias, ni La Caixa pide la información completa al BSCH sobre las cargas existentes sobre la finca, ni el BSCH, tras tener conocimiento de mi intención de vender, me requiere para la modificación del Préstamo Hipotecario para liberar la finca que se vende y trasladar la carga a la otra.
A finales de 2012, al querer venderla, el ahora propietario del piso se da cuenta que además de su hipoteca con La Caixa, la finca tiene una carga hipotecaria del BSCH, de primer rango sobre la de La Caixa, que corresponde a la parte (210.000 €) del Préstamo Hipotecario (300.000 €) que me concedió en el año 2005.
Para regularizar la situación el BSCH nos dice que hay que liberar el piso trasladando la carga existente (210.000 €) correspondiente al Préstamo Hipotecario y llevándola al solar (90.000 €), que actualmente tiene ya edificada mi vivienda habitual edificada.
La operación, para intentar evitar impuestos, se va ha hacer mediante documento privado con firma legitimada en Notaría y presentación en el Registro. Para ello el BSCH me exige:
a) una tasación de la vivienda habitual, cuyo coste ha sido de 450 €, para garantizar que cubre el préstamo hipotecario completo, lo que ya se ha hecho, cubriendo sobradamente el importe del préstamo.
b) una provisión de fondos para la gestoría de 6.000,15 € para cubrir los gastos de: notaría (747,46€), impuestos (4.500,00 € en caso que los hubiera), registro (450,52 €), gestión (235,95 €), correo (22,99 €) y nota simple (58,08 €)
c) el pago de una comisión por modificación de las condiciones del préstamo, del 1% del principal pendiente de pago. Actualmente queda por amortizar de dicho Préstamo 176.000 €.
Mi pregunta es: Partiendo de la base que yo tengo la obligación de liberar la finca puesto que teóricamente la vendí libre de cargas, el correr con los gastos ahora me produce un perjuicio económico que no hubiera ocurrido si se hubiera hecho en el momento de la venta del piso.
¿son los gastos que me pide el BSCH los correctos?
¿Se considera que liberar una finca y pasar la carga a la otra finca es una modificación de garantías personales del Prestamos Hipotecario? En ese caso ¿sería una “Novación Modificativa” que se beneficia de las reducciones de costes notariales y registrales establecidas en la Ley 2/1994?
¿Esto supone una modificación de las condiciones del préstamo y por lo tanto sujeto al pago de una comisión del 1% del principal pendiente de pago (Clausula 4 del Préstamo Hipotecario)?
¿Al no haber modificación de las condiciones financieras, ampliación o reducción de capital, plazo de duración, condiciones del tipo de interés pactado, método o sistema de amortización, etc..., puede considerarse que no es una modificación del Préstamo Hipotecario?
¿Soy yo el responsable de que no se hiciera todo correctamente en su momento?
¿Tiene responsabilidad el BSCH puesto que pedimos su conformidad para vender el piso (clausula 8 del Préstamo Hipotecario) y no nos advirtió que había que modificar el Préstamo Hipotecario para trasladar la carga a la otra finca?
¿Tiene responsabilidad el BSCH puesto que en su día solo informó a La Caixa del Préstamo Hipotecario original que tenía la finca, y no dijo nada de la otra carga hipotecaria?
¿Tiene responsabilidad La Caixa (o la gestoría que hizo los trámites), puesto que a la vista de la Nota Simple se constata la existencia de las dos cargas sobre la finca que se vendía y no hizo ninguna gestión sobre una de ellas?
¿Tiene responsabilidad el Notario que firma la operación de compraventa al no asegurarse que se habían cancelado ambas cargas? ¿Tiene alguna responsabilidad el comprador de la finca?
¿Puede el BSCH obligarme a que sea su gestoría la que haga todos los trámites para la liberación de la carga hipotecaria sobre la finca asumiendo yo todos los gastos que me digan? De hecho, en un principio pretendían que hiciéramos una nueva escritura de préstamo hipotecario, en documento público, modificando las condiciones financieras, lo que supondría enormes costes, de notaría, registro e impuestos. Fuimos nosotros los que hicimos las gestiones en el Registro de la Propiedad y nos informaron de la posibilidad de hacer la modificación de garantías del préstamo en documento privado.
¿Puede el comprador del piso emprender acciones legales contra mí por no haber liberado la carga? Agradeciéndoles su atención, espero su respuesta pues el comprador del piso me está apremiando para que le libere la carga pues le urge vender.