Acceder

Indemnizacion banco y hacienda - Cláusula suelo

34 respuestas
Indemnizacion banco y hacienda - Cláusula suelo
Indemnizacion banco y hacienda - Cláusula suelo
Página
3 / 3
#31

Re: Indemnizacion banco y hacienda - Cláusula suelo

Es una ganancia patrimonial.

No es gasto deducible para calcular la ganancia patrimonial, pero SÍ ES GASTO DEDUCIBLE en concepto de inversión en vivienda habitual, o gasto deducible si se trata de arrendamiento de vivienda.

#32

Re: Indemnizacion banco y hacienda - Cláusula suelo

Hola compañero, entiendo tu explicación pero no comparto la interpretación fiscal de la AEAT. No entiendo que de mi patrimonio me vea obligado a gastarme 3.500 € en abogados, tasas gallardón y demás, y en el caso de que la justicia aceptase (no es mi caso) condenar en costas a la otra parte, esa cantidad que una persona ha sacado de su bolsillo y le devuelven, sea una ganancia patrimonial????... No lo acabo de ver. Uno cuando vende una propiedad para sacar las ganancias patrimoniales se descuenta el coste de adquisición y demás factores respecto la venta final. En este caso que ganancia obtiene uno que se ve obligado a desembolsar dinero para resarcir lo que es de justicia???

En fin, entiendo que son interpretaciones fiscales pero también me decían hace años que mi clausula suelo era válida y ahora se ha demostrado que es NULA.

Saludos

#33

Re: Indemnizacion banco y hacienda - Cláusula suelo

Yo tampoco estoy de acuerdo con el criterio de la AEAT, por tanto te recomiendo seguirlo y posteriormente impugnarlo empezando por el TEAR.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#35

Re: Indemnizacion banco y hacienda - Cláusula suelo

Buenos días y perdón por reflotar el hilo.
Ahora que nos encontramos en la campaña de la renta y habiendo aclarado que la dovolución de las costas son una ganancia patrimonial, tengo dos preguntas.

- En qué casilla de la declaración hay que introducirlas?

- Por otro lado, los intereses de demora (indemnizatorios), tambien considerados como ganancia patrimonial hay que incluirlos en la base imponible del ahorro (son superiores a un año), pero en que casilla??

Un saludo y gracias

#37

Re: Indemnizacion banco y hacienda - Cláusula suelo

Pues yo tengo exactamente las dos mismas dudas que Vicktor, respecto a en qué casillas incluir estas dos cantidades devueltas en el ejercicio 2015.

Ruego a los gurús del foro una ayudita.

Gracias.

Saludos.