En el modelo 600 de la comunidad autónoma catalana, te bajas un programa de e-tributs.net, que tiene su equivalencia en todas las comunidades autónomas, y vas rellenado las casillas, y los problemas que tendrías son exactamente 3 ... puede que cuatro (a lo sumo)
Primer problema: Tipo de operación que debes tomar como "exento"
Segundo problema: Fundamento legal, que el 128 (hay que buscarlo en la tabla) que es eso, 128 Depóstios de efectivo y préstamos.
Tercero: código que es el DRG ... que su enunciado es derechos reales de garantia y préstamos.
Podrias tener un cuarto problema, pero es mera intuición, se trata de la parte de datos personales / sujetos pasivos y presentador
Aquí los sujetos pasivos son los prestamistas al 50% (si son 2, pon el 25 para cada uno) y los prestatarios (vosotros) al ser dos pon el 25% a cada uno, el total debe dar 100% .... lo del presentador pues quien vaya a firmar el documento, puede ser cualquiera de los 4, y una gestoria si fuera esta la que se ocupase de presentar el documento.
Con estas claves por más dinero que pongas en el importe del préstamo, la liquidación siempre serà cero.
¿Porqué necesitas esta coña si el pago de impuestos es cero? mira, en los préstamos entre familia, la agencia tributaria siempre duda de si es un préstamo o una donación encubierta, y como en la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria), la presunción de inocencia no la acaban de entender, están más por la presunción de culpabilidad, todos los contribuyentes o como poco el 99% somos unos defraudadores en potencia (jejejejeje) ... resulta que mañana os inspeccionan y decís que era un préstamo y no una donación, y les sales con un contrato, que podrías haber redactado hace media hora, entonces si presentas el documento y el modelo 600, te ponen un sello, unas etiquetas con unos códigos, por tanto lo que hace media hora seria mentira, porque la propia administración, auque sea autonómica da certeza al documento y su fecha, solo por eso es bueno registrar eso.