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Fiscalidad en suscripciones directas con el tesoro. - Letras del Tesoro

59 respuestas
Fiscalidad en suscripciones directas con el tesoro. - Letras del Tesoro
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Fiscalidad en suscripciones directas con el tesoro. - Letras del Tesoro
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#46

Re: Fiscalidad en suscripciones directas con el tesoro. - Letras del Tesoro

Hola a todos.
Me interesa el tema éste de si se puede deducir la comisión del BdE en las Letras. He leído los comentarios de unos y de otros e incluso he visitado el enlace al post que enganchaba alguien con la respuesta vinculante de Hacienda.

Bien, no veo en la respuesta de Hacienda que se diga que son deducibles. Creo que esas comisiones NO se deben incorporar como tales. Se trata de comisiones "por transferencia". Una comisión por transferencia que te cobre tu banco, por ejemplo, no es deducible. Pues lo mismo en el caso del BdE. Otra cosa son las comisiones de administración y custodia que te cobra tu entidad financiera (por mantenerte tu cartera, por ingresarte los dividendos, o operar con deuda pública). Esas sí son deducibles. Y ese es el uso que hay que dar a la casilla que aparece cuando marcas incorporar un registro de Letras al borrador. Los que tenemos las Letras en cuentas directas del BdE y sólo pagamos la comisión por transferencia en el momento de la amortización y reembolso nos comemos con papas esa comisión. Se la vie. Salvo que las reinviertas, claro. En ese caso no hay reembolso, sólo recibes el interés y el sobrante, sin ningún tipo de comisión.

Resulta anacrónico que el BdE te cobre esta comisión cuando actualmente ninguna entidad financiera te cobra por hacer transferencias por internet. Llámalo comisión de custodia encubierta o lo que quieras, pero mientras tenga la consideración de comisión por transferencia, opino que no es deducible.

Salud e ingresos.
#47

Re: Fiscalidad en suscripciones directas con el tesoro. - Letras del Tesoro

Si reinviertes el sobrante si tiene comisión
#48

Re: Fiscalidad en suscripciones directas con el tesoro. - Letras del Tesoro

El que no se mencione con el adjetivo "deducible" a la comisión por transferencia no significa que no influya en la declaración.
En la consulta https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V1545-14
se dice que se resta al valor de reembolso. (Claro que si no lo haces tú, ellos no lo hacen de oficio) 
 En consecuencia, la comisión por transferencia devengada a favor del Banco de España minorará el valor de reembolso, a efectos de la determinación del rendimiento del capital mobiliario generado en el reembolso de las Letras del Tesoro. 
Eso es, no se resta a lo que pagas de impuesto, sino que te lo restas al rendimiento, para que tributes por el rendimiento real de la letra a vencimiento. En 2023 me cobraron 9,6€ en dichas comisiones, y por supuesto que las voy a restar al rendimiento de las letras. Aunque sea sólo 1,82€ menos de IRPF, no me da la gana regalarlo a esos patanes incompetentes.
Y cada vez que hay vencimiento, como menciona vito  te cobran comisión, mayor o menor si reinviertes o no y el sobrante es pequeño, pero mínimo 0,90€ por los vencimientos en la misma fecha, que en la práctica es por mes.
#49

Re: Fiscalidad en suscripciones directas con el tesoro. - Letras del Tesoro

El que no se mencione con el adjetivo "desgravable" a la comisión por transferencia no significa que no influya en la declaración.
En la consulta https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V1545-14
se dice que se resta al valor de reembolso. (Claro que si no lo haces tú, ellos no lo hacen de oficio) 
 En consecuencia, la comisión por transferencia devengada a favor del Banco de España minorará el valor de reembolso, a efectos de la determinación del rendimiento del capital mobiliario generado en el reembolso de las Letras del Tesoro. 
Eso es, no se resta a lo que pagas de impuesto, sino que te lo restas al rendimiento, para que tributes por el rendimiento real de la letra a vencimiento. En 2023 me cobraron 9,6€ en dichas comisiones, y por supuesto que las voy a restar al rendimiento de las letras. Aunque sea sólo 1,82€ menos de IRPF, no me da la gana regalarlo a esos patanes incompetentes.
#50

Re: Fiscalidad en suscripciones directas con el tesoro. - Letras del Tesoro

Al entrar en el borrador de hacienda, te salta con la pregunta sobre tu vivienda habitual y luego me saltó un aviso sobre información actualizada para añadirla al borrador, la primera parte es sobre las letras y al aceptarlas te salta una ventana para añadir los gastos. Pondríamos ahí la comisión de cada una de ellas? Yo entiendo que si


No es más rico quien más tiene, sino quien menos necesita. Y tú, ¿qué necesitas?

#51

Re: Fiscalidad en suscripciones directas con el tesoro. - Letras del Tesoro

Ahí es donde la puse yo, de acuerdo con la información de las cartitas, que afortunadamente me llegaron todas las que necesitaba con la comisión. Cuando me cobraron 0,90€ que correspondían a los sobrantes de la reinversión de dos partidas de letras que vencían en  2023, y que figuraban en distintas entradas del tipo LT000x , las repartí proporcionalmente. Aunque esas ventanas no te vuelven a salir, puedes ajustar la casilla 0030 a posteriori.  
Ojo, por que los sobrantes de la reinversión no son el rendimiento de la letra que vence. Sí formarán parte del rendimiento de la nueva letra que has comprado al  reinvertir, y también la comisión que te han cobrado, si esperas al vencimiento. 
#52

Re: Fiscalidad en suscripciones directas con el tesoro. - Letras del Tesoro

Hola, inversores.

     Siguiendo con el tema, he investigado un poquito más y parece que todos llevamos un poco de razón. Sí se pueden descontar las comisiones por transferencia cuando amortizas las Letras, pero no como gasto deducible, sino minorando el rendimiento. Os dejo aquí una referencia de prensa:

https://www.eleconomista.es/declaracion-renta/noticias/12782537/04/24/si-compraste-letras-con-el-banco-de-espana-revisa-el-borrador-de-la-renta-puedes-dejar-escapar-parte-de-la-rentabilidad-obtenida.html

     Eso sí, el que las haya metido como gasto deducible en la ventanita que te sale al principio, me temo que no lo va a poder cambiar, a no ser que cancele la declaración y empiece de nuevo.

     En el artículo que acabo de enlazar se dice que la comisión se debe incrementar en el precio de adquisición (no minorar en el de reembolso). En cualquier caso, da lo mismo. Cuando editas la casilla 0030, si has aceptado los datos de las Letras cuando te lo pregunta al principio, sólo tienes una cifra, que es la suma de los rendimientos percibidos en el año. Así que la solución es sumar las comisiones pagadas en los respectivos reembolsos y restar lo que te salga del total de rendimientos. Yo acabo de hacerlo. Si has metido reembolso a reembolso, tendrás varios registros y te tocará actualizar cada uno de ellos....

     Si alguien se pregunta qué pasa con las reinversiones, pues es lo mismo que con las amortizaciones. Te cobran comisión por la cantidad que te devuelven. En mi caso, en 2023 he tenido 3 reembolsos, dos por reinversión y uno por venta total. En los dos primeros las comisiones fueron 0,95 y 0,90 euros. En el tercero, 73,50€. Pues he sumado esas tres cantidades, el resultado se lo he restado al rendimiento total que tenía en la casilla 0030 y lo que me sale es lo que he dejado finalmente en dicha casilla.

Salud e ingresos.
#53

Re: Fiscalidad en suscripciones directas con el tesoro. - Letras del Tesoro

Según comentas, no hay que ponerlos en las casilla que salen al empezar el borrador del mensaje que pongo arriba. www.rankia.com/foros/preferentes/temas/6001637-fiscalidad-suscripciones-directas-tesoro-letras?page=4#respuesta_6354736

A ver si lo entiendo bien, si yo "invertí" 10.000€ en letras y la comisión de transferencia al final es de 15€, en la declaración debo poner que la inversión inicial fue 10.015€ y no 10.000.

Y entonces, si uso las casillas de las fotos que pongo arriba del borrador que aparecen al principio, lo que hace en la declaración es restar los 5€ (como gastos deducibles) a los beneficios, pero esa no es la forma correcta según ese artículo, no?

Alguien más puede confirmar esto y explicar paso a paso como y donde añadirlo, jaja tengo el borrador sin empezar, esperando que todos los bancos envíen los datos y tener clarito lo de las letras.. gracias

No es más rico quien más tiene, sino quien menos necesita. Y tú, ¿qué necesitas?

#54

Re: Fiscalidad en suscripciones directas con el tesoro. - Letras del Tesoro

Hola, Zirconito.
     Es muy sencillo. Funciona parecido a la compra-venta de acciones en Bolsa. Si el bróker te cobra comisión de custodia de tu cartera, eso es un gasto deducible. Pero las comisiones que te cobra por la compra y por la venta, no son gastos deducibles, sino que se aplican en los precios de compra y de venta. Si compras acciones por 1000 euros y te cobran 10 euros, tu precio de compra es 1010. Si luego las vendes por 2000 y te cobran 20 por venderlas, tu precio de venta es 1980. Por lo tanto, tu ganancia final es 1980 - 1010 = 970 €.

     En las letras ya te incorpora Hacienda en los datos fiscales las ganancias. Pues lo único que tienes que hacer es restarle la comisión y sustituir la cantidad. En tu caso, cambiar la cantidad que te pone Hacienda por esa misma cantidad menos los 15€ que comentas.


Salud de ingresos.

#55

Re: Fiscalidad en suscripciones directas con el tesoro. - Letras del Tesoro

Alguien puede decirme si ha recibido información fiscal del Banco de España para declarar las letras? O ya sale todo en el borrador? 
A mí no me ha llegado nada.
#56

Re: Fiscalidad en suscripciones directas con el tesoro. - Letras del Tesoro

Alguien puede decirme si ha recibido información fiscal del Banco de España para declarar las letras? O ya sale todo en el borrador? 

Buenas tardes.

En el borrador vienen todos los rendimientos, tanto si proceden de las letras como de los bonos o de los cupones. No obstante, si tienes que hacer la declaración del Patrimonio, tendrás que acudir al BOE para conocer la valoración oficial del tus letras. Te dejo un post más detallado que acabo de escribir en otro hilo.

Las comisiones por transferencia del 0,15% (mínimo 0,90€) se pueden deducir, pero tenemos que hacerlo a mano, porque no aparecen ni en el borrador ni el los datos fiscales.
A mí no me ha llegado nada.
Yo tampoco he recibido la información fiscal del Banco de España. El año pasado los recibí por correo postal sobre al 23 de abril, más o menos. Hay muchos rankianos en esta situación. Saludos.
#57

Re: Fiscalidad en suscripciones directas con el tesoro. - Letras del Tesoro

Muchas gracias por tu respuesta.
#58

Re: Fiscalidad en suscripciones directas con el tesoro. - Letras del Tesoro

No hay de qué. Es hora de "desenchufarme". Muy buenas noches.
#59

Re: Fiscalidad en suscripciones directas con el tesoro. - Letras del Tesoro

El viernes recibí la información fiscal de las letras.
Hoy he recibido la información fiscal de los bonos.
Van con bastante retraso pero por lo menos a mí las cartas me llegan.
#60

Re: Fiscalidad en suscripciones directas con el tesoro. - Letras del Tesoro

Gracias, a ver si se van animando con los envíos.