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Derecho del inquilino a conocer el seguro de hogar contrado por el casero

4 respuestas
Derecho del inquilino a conocer el seguro de hogar contrado por el casero
Derecho del inquilino a conocer el seguro de hogar contrado por el casero
#1

Derecho del inquilino a conocer el seguro de hogar contrado por el casero

Buenas tardes.

Tengo una sencilla pregunta (o eso creo), he estado buscando en los foros pero no he encontrado respuesta.

¿Tengo derecho, como inquilino, a conocer el seguro de hogar que tiene contratado mi casero? ¿Qué cobertura tiene y demás aspectos del mismo?

Muchas gracias de antemano por sus respuestas.

Un saludo.

#2

Re: Derecho del inquilino a conocer el seguro de hogar contrado por el casero

El seguro que comentas no es obligatorio, a partir de ahí puedes sacar conclusiones.
#3

Re: Derecho del inquilino a conocer el seguro de hogar contrado por el casero

Además de lo que te apunta botella.... el seguro del propietario en ningún caso va a cubrir ni los bienes propiedad tuyas ni la responsabilidad civil achacable al inquilino... a partir de ahí, por pedir puedes pedir (no obligar), aunque lo suyo es que tu, como inquilino, contrates un seguro propio para ti (no para la casa que no es tuya sino para tu responsabilidad y bienes de tu propiedad) que complemente al que tenga (si es que tiene) el propietario.
#4

Re: Derecho del inquilino a conocer el seguro de hogar contrado por el casero

Es un tema legal, se llama "falta de interés asegurable", uno no puede asegurar los bienes de su inquilino, porque no le pertenecen, incluso pagando prima por el valor de aquellos bienes, nunca recibiróa indemnización, por tal motivo, falta de interés asegurable, porque supondría cobrar por uno bienes que nunca pagó, provocando un "enriquicimiento ilícito", inluso si de comprometiera a dar el dinero al inquilino. 

Por el contrario, un inquilino si puede asegurar los bienes de su casero o, al menos en determinadas condiciones ¿Y eso? muy simple, si el contrato le obliga a un mantenimiento a una conservación, a una restitución de tales bienes, entonces si existe "interés asegurable", porque tal inquilino tendrá que cubrirlos. Pero de no tener tal obligación, entonces no. 
#5

Re: Derecho del inquilino a conocer el seguro de hogar contrado por el casero

Emilio ya te han contestado muy bien los compañeros. Solo haría una reflexión/recomendación: 

Se debería antes de la firma del contrato facilitar la póliza hogar el propietario junto los datos de su mediador para que el inquilino tenga la posibilidad de contratar en la misma compañía; no sabes cuanto se reduciría el tiempo en muchos siniestros, si están en la misma compañía donde termina la responsabilidad de uno empieza la del otro.

SIEMPRE CADA UNO CON SU SEGURO