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SUBSIDIO 52 - Plazos y procedimiento

6 respuestas
SUBSIDIO 52 - Plazos y procedimiento
SUBSIDIO 52 - Plazos y procedimiento
#1

SUBSIDIO 52 - Plazos y procedimiento

Buenos días, mi prestación por desempleo (dos años) ha terminado el 10 / 12  aunque el mes que viene cobre la parte proporcional de diciembre, entiendo que el plazo que tengo para solicitar el subsidio para mayores de 52 años y terminación de prestación (tengo 62 años pero me faltan años de cotización tengo 32 cotizados) es de 15 días a partir del 10 / 01 /2021 y que puedo hacerlo sin problemas con el certificado electrónico. Tengo también la duda de poder hacerlo a través del formulario de pre-solicitud (no alude al subsidio de 52 en concreto) sin respetar esos plazos. Ante la imposibilidad de conseguir cita ni confirmación por parte del SEPE (tampoco funciona el programa de simulación) agradecería mucho información al respecto. Un saludo
#2

Re: SUBSIDIO 52 - Plazos y procedimiento

El plazo comienza el 11/01. Tienes que estar un mes inscrito como demandante de empleo desde que terminas el paro, si el 10 de diciembre es pagado entonces el 10 de enero sería el último día de ese mes inscrito.
Si la duda está entre hacerlo por la oficina electrónica con certificado digital o con el formulario de presolicitud (todo se puede hacer con este formulario), no lo dudes hazlo por la oficina electrónica, en todo momento podrás entrar y ver la situación de la solicitud, mientras que con la presolicitud no sabrás nada más hasta que te llegue la carta aprobando o denegando.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#3

Re: SUBSIDIO 52 - Plazos y procedimiento

Hola, mi caso es similar al de Savel pero quisiera concretar fechas..... actualmente tengo reconocida una prestación por desempleo con fechas del 21/12/2018 al 20/12/2020.
Este mes, el 3 de Diciembre he cobrado el importe integro como viene siendo habitual (entiendo que corresponde al mes vencido de Noviembre) y el mes de Enero cobraré un importe inferior, correspondiente a la parte proporcional de los 20 días de Diciembre .... y se acabó el paro.
Tengo 60 y reúno todos los requisitos para la jubilación 
Cuando puedo solicitar el subsido de 52 años ???  y qué plazos hay ??
En las ayudas informa que el plazo para solicitar el subsidio será de 15 días hábiles desde que se produce el hecho causante 
El hecho de estar cobrando el paro y sellar regularmente no me hace ser demandante de empleo??  Gracias y saludos
#4

Re: SUBSIDIO 52 - Plazos y procedimiento

Entiendo que en tu caso, que efectivamente es similar al mío, el plazo sería de quince días a partir del 20/01, pues tienes reconocida la prestación contributiva hasta el 20/12 independientemente de que en enero cobres los días correspondientes de diciembre hasta esa fecha. Al igual que a ti la precisión de estar inscritos en el paro me crea dudas pues de hecho no hubiéramos podido cobrar el paro si no lo estuviéramos,  supongo que no habrá que hacer más que seguir sellando  como venimos haciendo habitualmente (y si hay que hacer algo más espero que lo puedan aclarar por aquí)
#5

Re: SUBSIDIO 52 - Plazos y procedimiento

Muchas gracias por tu contestación. Tenía la duda de que se pudiera solicitar a través de la pre-solicitud y en caso afirmativo hacerlo antes de plazo si se pudiera (hablar de plazos ahora es que no tiene mucho sentido, pero claro, cualquiera se la juega). Pero teniendo en cuenta lo que dices en relación a estar informada del estado en el que se encuentra, lo solicitaré en sede electrónica el mismo 11/01. (Por aclarar: el día 10/12 es fin de prestación contributiva, no de pago, el último día de pago será a primeros de enero por el importe correspondiente a esos 10 días de diciembre) En cuanto a estar inscrita en el paro, ya lo estoy, entiendo (con dudas) que no tengo más que sellarlo (el DARDE) cuando llegue la fecha, en mi caso a finales de enero. Sé que hay subsidios (RAI,  SED) para los que hay que presentar el certificado de búsqueda activa de empleo, pero para el de 52 no lo veo como requisito. En caso de que veas algún error, te agradecería me rectifiques. De nuevo, muchas gracias por tus aclaraciones  y un saludo,
#6

Re: SUBSIDIO 52 - Plazos y procedimiento

El hecho causante es el cumplimiento del mes de espera, inscrito como demandante de empleo, tras haber agotado el paro.
O sea, si terminas el paro el 20 de diciembre, el mes de espera va del 21 de diciembre al 20 de enero y el plazo para solicitarlo será de 15 días hábiles a partir del 21 de enero.
Sobre la inscripción como demandante de empleo, deberíais hablarlo con la comunidad autónoma para saber si la inscripción que teneis hecha y que renovais cada tres meses es como demandante de empleo o no, pero te adelanto que sí no estuvieras inscrito como demandante de empleo no te hubieran dado el paro, así que no debería ser un problema.

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#7

Re: SUBSIDIO 52 - Plazos y procedimiento

Sólo en la RAI y el SED hay que demostrar previamente que se está realizando una busqueda activa de empleo, en los subsidios no y por supuesto tampoco en el de mayores de 52 años.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos