Buenas tardes franjgr, he estado indagando al respecto sobre pagos unicos que pudieren ser tratados como rentas periódicas si estos se repiten. Y concretamente cuando adviertes de mucho ojo al repetirse en el mismo año los pagos unicos porque puedan ser considerados como rentas periódicas.
Mi pregunta es la siguiente: Cuenta también la venta de propiedades a mi nombre que generaron plus valia superando el limite? Mi caso particula se trataba de la venta de 2 pequeños apartamentos (tercero sin ascensor) que vendí en el mismo periodo del DAR. (No en el mismo año).
Con la venta de los dos compré un piso el cual es mi vivienda habitual.
Decir que las plus valias generadas por ambos fueron comunicadas en tiempo y forma al Sepe.
Mi duda es si estás dos ventas me la pueden considerar o ser tratados como una renta periodica por repetirse en el período del Dar. No del año, puesto que una se realizó en el 2023 y otra 2024.
Muchas gracias de antemano.