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Participaciones del usuario Cachilipox - Economía

Cachilipox 07/10/20 23:44
Ha respondido al tema ¿Avanza España hacia la quiebra de sus cuentas?
Después de las letras, los números.Dice el presidente que 72.000 M€ van a implicar el 2,5 % x 3 años del PIB.Vale que alguien podría decir que se debe añadir lo del multiplicador y esas cosas, pero.... No está el horno para bollos, el multiplicador si llega, llegará "después", cuando la inversión madure y se ponga en producción. Ahora eso implicará un aumento del PIB previsto por ser meramente una entrada de dinero (subvención) nuevo.Saquemos números:72.000.000.000 / 0,025 / 3 años = 960.000.000.000 € Este es el PIB real.Solo en esa hipótesis que el PIB sea de 960.000 M€ esa subvención de 72.000 M€ será equivalente a una inyección del 2,5 % del PIBCreo que las cifras oficiales ya reconocen que nos hemos hundido a un PIB de aprox 1.100.000 M€.Bueno, pues aun hay que recorrer "hacia abajo" otros 140.000 M€, y ya tendremos finalmente el PIB 2021 sobre el que creceremos.Dice el presidente también que esa entrada de dinero nuevo (subvención) va a implicar la creación de unos 800.000 puestos de trabajo.Estamos hablando que es un dinero para inversiones en tecnología y modernización, no en peonaje para limpiar bosques precisamente.Como la situación es la que es, supongo que se privilegiará todo aquel proyecto que implique la mayor carga posible de mano de obra.Establezcamos una ratio razonable (teniendo en cuenta que hablamos de cosas de I+D+i supuestamente), de destinar un 60 % de los fondos a mano de obra.72.000 M€ / 3 años * 60 % = 14.400 M€14.400 M€ / 800.000 trabajadores = 18.000 €/año trabajadorDetrayendo los costes sociales, sí, nos quedan como 800.000 nóminas, pero de SMI.(950 €/mes x 14 pagas = 13.300 € brutos/año13.300 € nomina = coste salarial trabajador aprox 17.955 €)Y con nóminas de SMI yo no se si se puede hacer mucha I+D+i, y remodernizar el pais y esas cosas.Así que eso son los números, una caida del PIB aun por reconocer (el 4T 2020 y el 1T 2021 van a ser de aupa), de unos 140.000 M€, y una futura creación de empleo de bajísima remuneración (la cualificación ya no entro, pero supongo que nuestros ingenieros, ante esta perspectiva de salarios de mierda, preferirán emigrar a otros lares), que en total como máximo llegaría a unos 800.000 parados, lo que implicará reducir la tasa de paro como máximo en un 20%, y dejarla en 3 millones y pico largos de trabajadores inactivados.
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Cachilipox 07/10/20 13:29
Ha respondido al tema ¿Avanza España hacia la quiebra de sus cuentas?
Los numeros reales no se cuales deben ser, pero para que Sánchez haya tenido que reciclar aquello de "Crearemos 800.000 puestos de trabajo" de Felipe González, de hace nada menos que 38 años.......Otra evidencia lingüística, el Gran Plan no se llama ni Salto Adelante, ni Recuperación ni nada por el estilo, sino un simple y psicológico "resiliencia", adaptación o entereza ante la adversidad. In šāʾ Allāh 
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Cachilipox 25/09/20 16:20
Ha respondido al tema El Tribunal Supremo considera que los 'riders' de Glovo son falsos autónomos
Tienes algo de fijación contra una de las partes, obviando todo lo demás.Pongamos otros ejemplo, a ver si así eres capaz de mantener esa postura unívoca:Narcotraficante IntermediarioCamelloDrogodependienteEn tu planteamiento haces descansar toda la responsabilidad solo en los que lucrativamente se interponen entre los narcos y los adictos, usando indebidas figuras laborales. Y eximes de responsabilidad en el tráfico y sus ilegalidades a los narcos originarios proveedores.Es obvia la responsabilidad del intermediario respecto de lo que hagan o dejen de hacer sus camellos. Pero eso no exime de responsabilidad al narco que se lucra obteniendo unos mayores niveles de ventas que no los que directamente pudiese proveer.
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Cachilipox 25/09/20 15:52
Ha respondido al tema El Tribunal Supremo considera que los 'riders' de Glovo son falsos autónomos
El rol de empleadora formal de las empresas de las apps, es indiscutible. Otra cosa es ya las responsabilidades que se deriven.Y en este caso, resulta que hay cuatro sujetos implicados:El proveedor de bienes o serviciosEl intermediario (Glovo, Deliveroo,...)El curranteEl cliente finalPara mi no solo está bastante claro el encuadramiento como falsos autónomos, que observo se da en la mayor parte de casos, sino que existe además, una cesión ilegal de trabajadores.Es muy facil para un "Bar Manolo", o un "International Burguer" tener un servicio de apuntar pedidos y enviar al repartidor sin tener que asumir el coste y riesgo de tener a ese repartidor contratado. Claro, para que vas a contratar a un machaca, si hay una empresa de apps, que no solo te hace llegar los pedidos, sino que además, te pone a tu servicio unos cuantos "cuasi-esclavos" de manera gratuita.Por supuesto que una subcontrata se puede organizar de manera totalmente legal. Pero si el intermediario subcontratista incumple la legalidad laboral (es el caso), el estatuto de los trabajadores establece la responsabilidad compartida entre la empresa cedente de mano de obra y la empresa cesionaria/beneficiaria de esa mano de obra proveida en fraude de ley.Lo que está claro es que las empresas de apps no son ETTs, y no pueden legalmente poner a disposición de terceras empresas a trabajadores. Establecido por la jurisprudencia que los riders son trabajadores por cuenta ajena, se deriva de forma directa que esa ajenidad se presta y beneficia a favor de los proveedores de bienes o servicios, y no a un intermediario aprovechado.
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Cachilipox 25/09/20 12:33
Ha respondido al tema El Tribunal Supremo considera que los 'riders' de Glovo son falsos autónomos
Que la mayor parte de riders son trabajadores por cuenta ajena, no lo dudo, pero... ¿Trabajadores de que empleador? ¿Quien paga su coste, requiere sus servicios y se apropia del fruto de su trabajo? ¿Quien es el verdadero sujeto empresarial que se ve beneficiado por su labor, y en cambio no está afrontando y asumiendo su responsabilidad?Esto nos abre de forma clara y meridiana un supuesto ilícito del 43.3 y 43.4 del estatuto de los trabajadores. Y como no logres demostrar que la cedente es una verdadera empresa de transporte y distribución logística, o de hostelería, sino una mera interpuesta aparente, los "trabajadores" van de cabeza a la cesionaria.Salvando las muchas diferencias, trabajadores (estos sí en el correcto régimen general), de Nissan, pero mediante una subcontrata con Acciona.¿Quien debe responsabilizarse? ¿Nissan por ser la beneficiaria última de sus servicios? ¿Acciona por ser la parte formal empresarial, aunque ni pincha ni corta en la organización de medios de producción de la factoría de Zona Franca? ¿Ambos dos a la vez? ¿Ni una ni otra? Acciona implica a Nissan en la negociación de su ERE en la Zona Franca de Barcelona https://www.economiadigital.es/directivos-y-empresas/acciona-sienta-a-nissan-en-la-negociacion-de-su-erte-en-la-zona-franca_20097157_102.html
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Cachilipox 25/09/20 11:47
Ha respondido al tema El Tribunal Supremo considera que los 'riders' de Glovo son falsos autónomos
Por desgracia desde instancias gubernativas (incluyendo judicatura), se está afrontanto este asunto con una visión muy miope y cortoplacista.Esto realmente no va de "pobre rider precario matao, y como abusan de el/ella" (y sí, hay abusos que claman....). Esto va de algo mucho más estructural en la socio-economía, va de "The last mile wars", y va de la deslocalización o desvinculación de actividades de proveimiento minorista a consumidores minoristas, con independencia del horario, día de la semana, o barrio donde vivan.De momento Amazon va ganando. No se en otras partes, pero al menos en Barcelona es alucinante su propia red capilar de entregas finales activa en la práctica casi casi 24 hs 7 días. (Horario nocturno aun no hacen, que yo sepa. Eso por ahora es monopolio de las apps de riders. Pero al tiempo)
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Cachilipox 24/09/20 17:51
Ha respondido al tema ¿Avanza España hacia la quiebra de sus cuentas?
Supongo que es para prepararnos de la manipulación edulcorada que nos preparan para dar los datos del 3T. Como el 2T fue catastrófico, el 3T, aunque se augura terrorífico, puede que en el "intertrimestral" hasta salga positivo. 
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Cachilipox 08/09/20 12:54
Ha respondido al tema Teletrabajo y disponibilidad "presencial" - Empleo
" Como se come entonces lo de horario flexible? "El horario flexible, artículo 34 Estatuto de los Trabajadores, es una potestad que tiene la empresa de establecer y distribuir a su conveniencia (si es sin pacto) hasta un 10 % de la jornada anual. O más porcentaje si es con pacto.Por ejemplo, en un trabajo a jornada completa 1.800 horas anuales, la empresa, libremente pero respetando los máximos diarios y semanales de jornada, puede distribuir hasta 180 horas a su conveniencia. Notificando con las debidas antelaciones, por supuesto.Jornada y horario son prerrogativas propias y específicas de la empresa, salvo ciertos extremos, que requieren pacto expreso.El contrato laboral es un tipo de contrato especial que NO es de "fines" (hacer tantas tareas), sino de "medios" (estar a disposición de la empresa de tal a cual hora para realizar ese tipo de tareas).Pueden haber pluses o primas por cantidad de trabajo, pero no se puede pagar solo por producto, sino por disponibilidad.
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Cachilipox 23/08/20 00:09
Ha respondido al tema Teletrabajo y disponibilidad "presencial" - Empleo
Está lo del registro de jornada, que sigue siendo obligatorio, incluso en teletrabajo.Si tú ya has hecho tus ocho horas, cualquier demanda por encima de eso son horas extras....Por supuesto que en toda norma improvisada, al final en la realidad la tostada cae siempre del lado de la parte más débil.En todo caso, lo de la jornada y el horario son potestad de la empresa. No sirve que tú digas (incluso demuestres) que ya cumpliste "tus" ocho horas. Si tu jornada habitual es una, estás a disposición de la empresa todo ese horario.La relación de trabajo es un contrato de alquiler por horas.
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Cachilipox 21/08/20 22:48
Ha respondido al tema Teletrabajo y disponibilidad "presencial" - Empleo
No existe aun una norma legal, así que lo que teneis se regula o dentro del contrato, o como pacto, individual o colectivo.En todo caso, ahora mismo la regulación existente, salvo que tengas un contrato de trabajo a distancia, es partir de la presencialidad como forma tipo, y solo según el acuerdo, individual o colectivo, se acepta eso de no tener el deber de asistir al centro de trabajo.O sea, cada jornada laboral la empresa puede aceptar que sea prestada fuera del centro de trabajo, pero puede exigir en cualquier momento que asistas al centro de trabajo.Ahora mismo realmente es eso que dices: trabajar + estar de guardia de disposición.
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