Acceder

Participaciones del usuario Cachilipox - Subsidios

Cachilipox 12/11/22 22:48
Ha respondido al tema Incapacidades y Compatibilidades laborales - Incapacidad Permanente Total
En todo caso, de la respuesta FAQs de la propia SS:"... una pensión de incapacidad permanente total es incompatible con el desempeño de un puesto de la misma categoría o grupo profesional, ..."Y eso de "grupo profesional" es algo que acostumbra a estar reflejado como tal en los convenios colectivos.Es un poco normativa de punto gordo (cualquier ocupación que caiga dentro de un mismo grupo profesional es incompatible), pero amparada en que dentro de los grupos profesionales definidos por convenio, la empresa tiene (casi) libertad total de movilidad.Así que la SS, para evitar abusos amparados bajo una supuesta complicidad tácita o "pasiva", directamente impide la compatibilidad.
Ir a respuesta
Cachilipox 12/11/22 20:17
Ha respondido al tema Incapacidades y Compatibilidades laborales - Incapacidad Permanente Total
No todo trabajo sentado es igual.No es lo mismo un trabajo sentado de administrativo puro y duro, que el de un gruista de cabina o un camionero, por muy ergonómicas que sean sus sillas de trabajo.Un poco en plan caricatura, son muy distintos los puestos de trabajo de Homer Simpson o de Peter Griffin. CNO-11 3133  CNO-11 4122 
Ir a respuesta
Cachilipox 12/11/22 17:39
Ha respondido al tema Incapacidades y Compatibilidades laborales - Incapacidad Permanente Total
Hay casos en que solo por tablas, no es nada fácil llegar a una conclusión. Así que o se aportan más datos, o se tira por la directa.Por ejemplo, del caso concreto ese que comentas, yo desconocía totalmente las sutilezas y diferencias que pueden existir entre un CNO-11 8131 (operador de planta) y un CNO-11 3133 (técnico de control).A falta de otros indicios e informes, si miro la tabla general de riesgos, y la patología que condujo a la IPT, veo que los requerimientos biomecánicos, esfuerzo físico y manejo de cargas son muy similares. Así que solo por tablas, yo personalmente denegaría la compatibilidad.Pero....Es perfectamente posible que un puesto anterior y el nuevo puesto ofrecido sí sean realmente compatibles. Pero eso hay que demostrarlo y acreditarlo.¿Cómo?Pues yo personalmente tiraría por primero, Informe de aptitud de Vigilancia de la Salud, donde se refleje que el trabajador es apto con restricciones o con limitaciones. Segundo, un informe de adaptación del puesto de trabajo, en base a ese informe previo de vigilancia de la salud.De esa forma, una cosa son los riesgos en general del puesto de trabajo CNO-11 3133, y otra muy diferente los riesgos asociados al puesto de trabajo adaptado a ese concreto trabajador.Cosa diferente es si las empresas están por la labor de liarse la manta y meterse en un procedimiento farragoso y burocrático de acreditación.
Ir a respuesta
Cachilipox 29/10/22 12:12
Ha respondido al tema Denegada la reanudación de 52 años - SEPE
No existe eso de:"... pues evidentemente me cambié ."Y a a vez:"... es la empresa la que me ha cesado antes "Existe la situación de cese durante el periodo de prueba a instancia del trabajador (el periodo de prueba es de validez mutua, empresa y trabajador).La empresa, al pedir tú el cese, debió emitir el correspondiente certificado de empresa con código 09 (y seguramente código 51 en la baja de la SS).Así que para el SEPE tuviste una baja voluntaria en septiembre, y por tanto, se abre una ventana de 3 meses en los que NO puedes estar en situación legal de desempleo.Tu situación concreta está descrita en esta FAQs del SEPE:https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/FAQS/requisitos-acceso-prestaciones/cobrar-prestacion-tras-baja-voluntaria.html
Ir a respuesta
Cachilipox 11/06/21 10:46
Ha respondido al tema Oferta de trabajo - Subsidio
Si cotizas y generas derecho a prestación, ésta tiene prioridad sobre el subsidio.Primeros irías por prestación contributiva, y ya cuando la agotases, entrarías de nuevo en el subsidio asistencial, que en tu caso, sería el de mayores de 52.Si cotizas y no llegas a generar derecho a prestación, vas directo a reactivar el subsidio.
Ir a respuesta
Cachilipox 07/06/21 18:45
Ha respondido al tema Cálculo de prestación SEPE
¿Es la resolución definitiva, o es solo una primera estimación?En principio se debe promediar las cotizaciones que correspondan a los últimos 180 días cotizados.O sea, ese mes y 2 días son en todo caso 32 o 33 días cotizados. Faltan por contabilizar 147 o 148, de anteriores trabajos.
Ir a respuesta
Cachilipox 10/04/21 22:18
Ha respondido al tema Estafa a los trabajadores - SEPE
Pues te ha faltado revisar aun alguna página del SEPE.Lo dicen muy claro, y es así in illo tempore.https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/derecho-opcion.htmlSi tenías un paro antiguo, y has generado un paro nuevo, NO se suma, sino que te ofrecen la posibilidad de que optes por el que te salga más a cuenta. 
Ir a respuesta
Cachilipox 23/07/20 15:26
Ha respondido al tema Ingresó mínimo vital - Subsidio
No se la causa o razón concreta de la denegación. Pero me huelo que esto de las "presunciones de comunidad" (que lo elevan por analogía a cuasi-pareja estable) va a ser una escabechina.Código civil.Artículo 392" Hay comunidad cuando la propiedad de [...] un derecho pertenece pro indiviso a varias personas."
Ir a respuesta
Cachilipox 23/07/20 14:24
Ha respondido al tema Ingresó mínimo vital - Subsidio
Antonio.0.2 decía (me pareció entender) que el contrato de alquiler está a nombre de otro, y él por tanto es un realquilado o subarrendado, o meramente acogido en precario sin pagar renta alguna.Al parecer, Antonio.0.2 reflejó en el formulario del IMV la situación "Vivienda en alquiler", y señaló el nombre de la persona titular del alquiler.Por tanto, en el formulario salían DOS personas adultas, él como solicitante, y el otro, como aportante a la comunidad de convivencia del contrato de alquiler.Da muy mucho lo mismo que luego dijera que era una unidad unipersonal, y que para nada esa comunidad de convivencia no sea una pareja afectiva estable, registrada o no registrada.Son DOS personas adultas que forman una comunidad con el fin de resolver una situación de necesidad habitacional.Para deshacer esa presunción de comunidad, hay que desvincular la titularidad original del contrato de alquiler primigénico, del derecho que tenga Antonio.0.2 a vivir en ese domicilio.Él debiera tener un derecho propio e individual, para poder ser coherentes con declararse unidad de conviviencia unipersonal.Y hay dos fórmulas, cada una con sus implicaciones legales:El subarriendo parcial de la vivienda, que no es más que hacer un subcontrato al contrato de alquiler original; o la cesión gratuita, en comodato o precario (cosa que solo puede hacer el dueño de la cosa).Y señalo la fórmula, acogiendose a la normativa del Código Civil (que permite el subarrendamiento salvo que esté expresamente prohibido en el contrato), sin mencionar la LAU (que solo permite el subarrendamiento parcial si es con expreso consentimiento del dueño)Eso sí, declarar que se está en subarriendo podría poner en riesgo de rescisión el contrato de alquiler original (regulado por la LAU), así como alertar a Hacienda, ya que los subarriendos se deben declarar en el IRPF.
Ir a respuesta