Si eso está claro. Lo que no entiendo, por qué se prohíbe que se tenga en cuenta el sexo como factor de cálculo de primas y prestaciones en todos aquellos contratos de seguro firmados después del 21 de diciembre de 2007 y se añada una excepción en la que prácticamente se anule esta prohibición .
Un saludo,
Las aseguradores seguirán ofreciendo distintas primas, porque se acogerán a la excepción: "cuando éste constituya un factor determinante de la evaluación del riesgo",
Un saludo,
Infraseguro:
Situación que se produce cuando el valor que el Asegurado o Tomador atribuye al objeto garantizado en la póliza es inferior al que realmente tiene.Ante una situación de este tipo, la Entidad Aseguradora tiene derecho a aplicar la Regla Proporcional.Ejemplo: Si un edifico valorado en 800.000 euros se asegura por 500.000 euros, es decir el 62,5% de su valor real, (Infraseguro) y se produce un siniestro por valor de 600.000 euros la Entidad Aseguradora, en virtud de la Regla Proporcional, solo está obligada a indemnizar por 375.000 euros (el 62,5%).