Hola, entonces el caso que expones es para el caso en que exista vinculo por matrimonio? En el caso de pareja de hecho registrada, sin hijos, al no formar parte de la unidad familiar habría que notificar al SEPE por variacion de la unidad familiar?Presente el dia 15 el DAR y no notifique Un saludo
Tengo entendido que lo mas importante para determinar si un contrato entre familiares tiene validez es la convivenvia. Tengo un vecino que instaló una libreria con la finalidad de tener de empleadas y puedan cotizar a la seguridad social a sus dos hermanas.En cuanto a de " sospechoso" por ser contrarada por un familiar no te sabria responder, no tengo conocimientos. Pero en cuanto a la segunda opcion es logico, normal y legal que busques trabajo para que puedas solucionar tu situación con el Sepe.De todas formas, salvo que te aclaren en rankia @bacalo
esta situación, haz una consulta en una gestoría A
Lo que es ilegal es cotizar sin trabajar, aunque le contrate un familiar o desempeñe un trabajo de una categoria diferente a la suya ó de categoria inferior está en su pleno derecho, tiene usted que generar dinero para vivir, faltaria más Esto me lo comentó un abogado una vez, por si la seguridad social considera el trabajo como "sospechoso" , tendrán que demostrarlo empleando la ley Mucha suerte
Así es, al ser un ingreso extraordinario o puntual, no periódico la cantidad obtenida en la venta no puede superar 9000€, que dividida entre 12 meses serian 750€ al mes, por tanto te suspenderian 1 mes. La cancelación total o extinción del subsidio sería si mantienes ingresos superiores a 750€ durante el periodo de 1 año Documentación a aportar (lo que yo haría) documentos bancario del fondo que indique precio de compra, precio de venta y la ganancia obtenida. Y recibo de dividendos Lo presentaría al vender el fondo, sin esperar a la DAR, para que resuelvan lo antes posible Tan solo es mi opinión....
HolaSi no has realizado traspasos previos, entonces todas las participaciones tienen la misma fecha y todas tienen la misma ganancia.Entonces es como te dice fran, Si de 85.000€ tienes una ganancia de 10.000€ entonces de 60.000€ tendrás una ganancia de 7.058€ y esa cantidad tienes que dividirla entre 12 meses =588€Y lo que te queda del fondo = 25.000€ le aplicas el interés presunto que sería 62,5€ al mes Y por tanto si no tienes más ingresos entiendo que no llegas a 750€ al mes
Y si se hereda un inmueble valorado en 300.000€No habría que informar desde la aceptación de la herencia, puesto que desde ese momento hay un interés presunto que supera los 750€ al mes ?No tendría sentido declararlo cuando se venda, por ejemplo si transcurren 5- 10 años en venderse