La normativa del SEPE indica que hay que informar de cualquier rendimiento o variación patrimonial Rendimiento de capital mobiliarioGanancias patrimoniales Ingresos regulares o puntuales que supongan la suspensión o extinción La falta de información puede traer como consecuencia la extinción del subsidio Yo informaría, cuando el SEPE lo detecte dictará extinción del subsidio y además devolución de las cantidades percibidas desde que se produjo el hecho causante (aceptación de herencia)....Segun comentan hay sentencia del TS que se puede presentar al venderTambién puede declarar la herencia en la declaración anual de rentas
HolaPara el subsidio mayores 52 años solo se tiene en cuenta la renta de la persona interesada, no se tiene en cuenta los ingresos de los demás miembros de la familia, la cantidad de ingresos máximos permitidos entiendo que sería 750€ al mes De donde sacas la cantidad de 2171,25€?
Una forma que se me ocurre es apuntarse en Infojobs, infoempleo ...lo puede por la web para mantener el compromiso de actividad como le indica @franjgr
, aparte de realizar cursos de formación que le sugiere el SEPE
Periodo sin cotizar =17 febrero 2020 al 16 marzo 2020 aprox.Febrero 739,00€Marzo 646,62 =1385,65 cotizados en dos mesesNunca he tenido lagunas de cotización, he cotizado mas de 30 años de forma ininterrumpida Que cantidad pondría la S.S como cotización a ese mes?
Resumo:SEPE: Resolución sobre extinción de prestaciones por desempleo y percepción indebida con reclamación de cantidades RESUELVEDeclarar la percepción indebida de prestaciones por desempleo ....Extinguir la percepción de la prestación o subsidio reconocidos ...RECLAMACION por gestoría:Por lo expuesto solicito al SEPE que deje sin efecto la propuesta de extinción de prestación y percepción indebida y se reanude el cobro del subsidio por desempleo que venía percibiendo Respuesta SEPEHECHOSUna vez valoradas las alegaciones presentadas por usted y documentación que obra en el expediente, se ha comprobado que la situación detectada no es constitutiva de incompatibilidad ni de infracción sancionable, por lo que procede estimarlas archivando las actuaciones iniciadas y reponiendo el derecho del que venía siendo beneficiario.RESUELVE Dejar sin efecto la resolución de RESOLUCION SOBRE EXTINCIÓN DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO Y PERCEPCION INDEBIDA CON RECLAMACION DE CANTIDADES EMITIDA EL....Estimar las alegaciones presentadas y declarar el archivo de las actuaciones reponiendo el derecho a la situación previa al inicio del procedimiento iniciado, levantando las medidas cautelares que se hubieran podido adoptar
Buenos días Al revisar bases de cotización en la web de la S.S. compruebo que entre el periodo transcurrido entre que el SEPE dicta una orden cautelar de extinción de prestaciones por cobro indebido y anulación de esta orden por una Reclamación y posterior Reanudación del subsidio se pierde 1 mes de cobro de prestaciones que lleva aparejado de no se cotice para la jubilación durante ese mes, la suma de base de cotización de febrero y marzo = 1365,62€. Al haber tenido "éxito" con la reclamación no deberían haber tenido que reintegrar la cantidad correspondiente a ese mes ?Hace un tiempo por no sellar la demanda de empleo del subsidio contributivo o paro un mes, se suspendió 1 mes, pero en lugar de cobrar 12 meses se cobró 13 meses.Buen día y gracias