Tu ahora mismo estás con una IPT revisable a los dos años con reserva del puesto de trabajo, no?Por lo que leo deduzco que te han abierto expediente de revisión de oficio antes de los dos años para ver si continuas o no con la IPT.En el caso de que te revisen y digas igual entonces no tienes que hacer nada, pierdes el derecho a ese puesto de trabajo y la empresa extingue tu contrato.En el caso de que te revisen y te quiten la IPT antes de los dos años debes de avisar a la empresa de si quieres volver o no y ellos ver , en el caso de que quieras volver, si te pueden adaptar el puesto e trabajo o reubicarte.Pero no es obligatorio volver al trabajo, si no quieres volver te extinguen el contrato y ya está aunque siempre es recomendable que lo hagan ellos y no tu.Vas a tener derecho a las mismas ayudas de una manera y otra, no sé si tendrías derecho al subsidio de mayores de 52 años porque lo quieren quitar por mejoría de una IP. Al que tendrías derecho según los ingresos sería a la pensión por tener el 65% o más de discapacidad.Si me he equivocado en algo corrígeme, por favor
Hola, no estás obligada a volver a tu puesto de trabajo pero hay una cosa que no me cuadra, no se genera ningún paro mientras estás de IPT y el que tuvieras acumulado de antes de pierde al darte la IPT.Sólo tendrías derecho a paro si has trabajado durante la IPT pero por lo que leo parece que no.Un saludo
La verdad es que has tenido muy mala suerte con este centro especial de empleo, como dijiste les hacía falta gente y les dio igual todo, y ahora no son capaces de asumir sus errores..En fin, será lo que diga el juez
Siempre te dijimos que cumplías con el mínimo de cotizaciones que te piden, esos 5 años. Ahora te lo ha confirmado el INSS, pues mejor, ahora tienes que tener paciencia y esperar a que se concluyan los demás puntos
Entonces Rebeca tienes el punto 1 y 2 concluidos y estás a la espera de que el tribunal médico haga el dictamen propuesta (que tome una decisión) para que se concluya el 3