1) No es estrictamente obligatorio dado que no hay perjuicio a Hacienda.2) Por supuesto, está bien.3) Efectivamente, le retendrán menos.P.D. Lo que sí sería obligatorio es comunicarlo en caso de perder ese derecho. Por ejemplo porque tus rentas superasen los 8.000.
Juan Lackland12/02/26 09:08
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Mod 145 a rellenar
No es obligatorio que pida un nuevo 145. Si quiere, lo puede pedir y presentar y seguramente le bajará un poco la retención por IRPF.
Juan Lackland11/02/26 21:40
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Mod 145 a rellenar
Mientras no los hayas cumplido, no tiene que marcar la casilla.El dìa que los cumplas, puede entregar otro 145 con la casilla marcada.
Juan Lackland11/02/26 10:41
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Duda en extinción de condominio
Con el valor de referencia no habría problema. Con otro inferior es probable que sí.
Juan Lackland11/02/26 10:40
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Cobro por copia de llave - Administración de fincas
Para contestar a las dos primeras preguntas, habría que saber la razón o motivo que tuvo para hacer ese cambio.No me parece correcto que el presidente decida cobrar las copias que le pidan. Creo que eso se debería decidir en una junta.
Juan Lackland05/02/26 17:47
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Mutualistas: devolución del IRPF
No habiendo requerimiento previo, pueden sancionar con 100 €. Puedes tener descuentos si la pagas sin impugnación y dentro de plazo, con un importe final de 42 €.Dudo mucho que para ese caso específico te pusieran la sanción.
Juan Lackland04/02/26 10:19
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Herencia vivienda y venta a uno de los beneficiarios.
Lo correcto no es que haya un compromiso de pago sino el propio pago. La disolución del condominio se hace ante notario (igual que una venta). Hay que hacer hincapié al notario para que no se equivoque. La compensación a los demás se debe hacer en el mismo acto.
Juan Lackland03/02/26 21:43
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Herencia vivienda y venta a uno de los beneficiarios.
Llámalo condominio o comunidad de bienes o proindiviso, como muy bien señala mivisa. Lo mejor es la disolución del mismo, no la venta.
Juan Lackland02/02/26 21:06
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Humedades en un ático
Yo también te recomiendo, en primer lugar, llamar a tu seguro. Me imagino que tu seguro incluye defensa jurídica, en cuyo caso, una vez determinada la responsabilidad de la comunidad, yo lo dejaría en manos de tu seguro (comentándoles las gestiones que ya has realizado) y que sean ellos los que lo gestionen ante la comunidad.Parece que esa comunidad sea de las típicas cuyos cargos creen que la mejor solución para los problemas es ignorarlos. Cuando tengan enfrente a los abogados de tu seguro reaccionarán.P.D. Si se te generan gastos por esa causa, guarda los justificantes.P.D. 2: Cuidado si se forma moho porque puede acabar afectando a las vías respiratorias,
Juan Lackland02/02/26 15:24
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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Entiendes bien. Una cosa es que Hacienda, por operatividad, utilice documentos diferentes para cada caso y otra es lo que sucede con la prescripción. Lo que sucede con la prescripción lo establece la ley y la jurisprudencia.