Efectivamente, al no ser preferentes / CoCos no se puede dejar de pagar salvo situación concursal, pero se puede retrasar el pago o aumentar el nominal como pago en especie En el caso de "las mejores" tendria que revisar el folleto por ver si se puede retrasar el pago o no (dependiendo de como fueran registradas en CNMV, lo de la opción de retrasar el pago es mas habitual en las subordinadas perpetuas)