Como te ha dicho Juan Lackland es posible, pero te pondrán trabas.Puede que incluso te digan (el banco) que no es posible.Se de un caso en el que el bancario encargado de la testamentaría dijo (por desconocimiento) a los herederos que no era posible y después tuvo que corregirse a si mismo.En cualquier caso es factible.
Creo entender que si no vas deducir el préstamo ni sus intereses, a hacienda no le importa.Ojo, siempre y cuando ese préstamo (que te ofrecen más barato por ser para un negocio) no tenga algún tipo de incentivo o subvención por parte del ICO o similares.No se si me explico.
Puedes hacer la planificación usando el programa del ejercicio anterior con las correcciones que procedan, que no serán muchas.Eso es lo que intento...