Uf... me interesa la respuesta si , aunque lo dudo, alguien puede ayudarte por aquí...Encima de un familiar, y si se la haces mal, dejará de hablarte y seguro que no te compensa estos quebraderos de cabeza.... Te compadezco, Inés... Mucha suerte...saludos
A ver..., puedo estar equivocado, aunque no creo.El equipo informático es un Bien de Inversión, que como dice se puede amortizar como máximo a un 26% anual. El primer año, proporcional a los dias de uso, eso correcto.Pero los B, Inversión no tienen que ver nada con LOS GASTOS CORRIENTES para hacer la declaración modelo 130 . Ingresos-gastos...Los BI se reflejan en la renta del año, el % que te permite cada bien... que yo sepa no hay ningún apartado en el modelo 130 para reflejarlos, y no son un gasto corriente.Al menos, en 30 años yo no les he metido como gasto, por asesoramiento del gestor que me enseño ha hacerme el modelo...Porque si no, en el IRPF, modelo 100 LOS VAS A DUPLICAR : Estarán metido en el apartado de gastos corrientes y además tienes una casilla específica para ello...Saludos
Yo entiendo que sí.Se incluyen como gastos todos los inherentes a los que has incurrido para su compra.Siempre he incluido todo y nunca he tenido problemas, incluso en inspecciones de Hacienda.Es mi experiencia. No he leído el manual actual.S2
O no entiendo nada, o creo que estás revolviendo conceptos : -valoración de cara al IRPF del inmueble, para amortizar, etc - valoración para liquidar impuestos de sucesiones En el último caso, en todas las CCAA hay unos registros con la Valoración Oficial, ( no recuerdo ahora el nombre), que es la que debes reflejar en Sucesiones,S2Luego en oficina te digo nombre..
Me ha pasado lo mismo con una entidad, a pesar de que en el cuaderno particional acordamos que la viuda renunciaba al usufructo.Entendemos que ese dinero/inversiones se pueden vender y traspasarlo a otra cuenta.Pues el
Respeto mucho esa bi-palabra, ahora tan vilipendiada por todos los timos - vendecursos majestuosos y superrentables de internet. ¿No será esto otro intento de captar ilusos ??Si no es así...disculpa mi desconfianza.Saludos
Estos tipos se sacan las normas a su antojo...Presupongo que ya habrás mantenido conversación telefónica,, debería haberse solucionado, y si no, prueba a enviarles el cambio a su E_mail.S2
Pues depende de cómo andes de liquidez, si puedes comprarla nueva con o sin préstamo, incluso de los km anuales que hagas.Ya sabes que si compras, la amortizas fiscalmente en X años metes a gastos anualmente su mantenimientoEn renting metes todo el coste "del alquiler" a gastos.S2
Ante una inspección fiscal..yo creo que con que presentarás el documento de la extracción, y más si son sólo unos meses, no podrías tener ningún problema.Guarda el recibo del reembolsoS2