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Participaciones del usuario Pelos sr - Fiscalidad

Pelos sr 09/04/11 21:44
Ha respondido al tema Tributación con descuento del complemento a mínimos
Menos trámites, pero el problema es que me diga Haciendo que por qué declaro menos iporte del que pone en el certificado de hacienda.... Me llamarán y..... acojone, por lo menos.... Es mejor hacerlo a su manera.... pora que no "salte la liebre" Saludos
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Pelos sr 09/04/11 19:15
Ha respondido al tema Tributación con descuento del complemento a mínimos
Gracias lunático, pero ¿estás seguro?... Hoy me han comentado algo distinto... ¿Quieres decir que..... ha cobrado en 2010 6000 y el importe reintegrado ha sido de 1000(correspondiente a 2008), durante el 2010 debe declarar 5000 euros de pensión???? Me extraña un poco..... Investigaremos.... (he oido algo sibre si debiera pedir una RECTIFICACIÓN DE LA RENTA 2008, y declarar los 6000 de este año... Muchas gracias por contestar...
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Pelos sr 29/03/11 20:13
Ha respondido al tema ¿Son deducibles estos gastos financieros?
Gracias... además... los gastos de un traspaso de valores de una cuenta a otra serán deducibles? Según tú, si no lo pone en la información fiscal de la entidad saliente no lo serían.... pero no ´lo sé... Saludos y gracias
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Pelos sr 09/10/10 21:22
Ha respondido al tema De Terra a Telefónica
A mi entender, por supuesto que sí. Se ha generado una minusvalía de 2044.94 euros, que podrás compensarla con plusvalías generadas a lo largo de 2010 de rendimientos en ventas de bolsa. Saludos
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Pelos sr 04/10/10 21:49
Ha respondido al tema Compensación de Plusvalías y Minusvalías?.
Hola, quisiera me confirmárais estas apreciaciones: Tengo tres cuentas de valores, una a mi nombre exclusivamente, otra a nombre de mi mujer y otra conjunta a nombre de los dos. Éste año se han ganerado plusvalías en una cuenta individual(a mi nombre eclusivamente) y querría vender antes de que acabe el año unas acciones con minusvalías, para compensar,EL PROBLEMA ES QUE ESTÁN DEPOSITADAS EN LA CUENTA COMÚN. ¿SI sólo yo tengo plusvalías y las minusvalías son de ambos...se compensarán íntegramente en la renta, siendo que la suelo hacer conjunta, pues ella no tiene ingresos de trabajo? Además éstas compras están echas con dineros gananciales Creo que sí,pero me gustaría que me lo confirmaseis Otra cosa, me comentaron en el banco que, a pesar de ser compras gananciales, hay clientes que declaran INDIVIDUALMENTE las plusvalías (en el matrimonio), pues puede interesar que uno de los cónyuges tenga menos ingresos ¿ésto es legal? Yo creo que no, pero me comentan que es práctica extendida, porque la información fiscal viene individuelmente. Gracias por los comentarios.y Saludos cordiales
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Pelos sr 23/07/10 22:25
Ha respondido al tema IRPF alquiler local comercial
Tu rendimiento son 6000 euros en rento de capital inmobiliario... pero tú no cobras esos 6000 euros, pues un 19 % de los mismos "lo ingresa el inquilino a Hacienda" en concepto de retención.. Cuando hagas la renta: ingresos= 6000 euros, de los cuales ya has adelantado a Hacienda los 1140 en concepto de éstos rendimientos... Lo que te dé al final la renta... dependerá de los demás ingresos y las demás retenciones que tengas... (olvídate también del Iva recibido, porque lo tendrás que ingresar trimestralmente a Hacienda, modelo 303) Espero que lo veas más claro desde éste punto de vista...
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Pelos sr 21/07/10 16:20
Ha respondido al tema Alquiler de Local Comercial
¿ES OBLIGATORIO CONSTITUIir una Comunidad de bienes? ¿seguro? Si es un matrimonio en gananciales... no bastaría con que el rendimiento del alquiler lo declararan al 50 % ??... Si es obligatorio... conozco muchos dueños de locales que son personas físicas.. aun habiendo comprado el local dentro del matrimonio... Repito, estás seguro que es obligatorio constituir una CB obligatoriamente? Gracias.. y saludos, al.rodri
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Pelos sr 08/07/10 15:42
Ha respondido al tema Duda desgravación por alquieler
Las cuentas están muy claras.... las cuentas son cuentos cuando se aplican sólo en el papel... Estas partiendo de una premisa vital: que siempre esté alquilado, no pierdes ningún més, y de algo más: siempre cobras el alquiler... Vamos... que también hau imprevistos (ésto hay que tenerlo en cuenta) Saludos
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