Si mirais las condiciones veréis que el importe de las transferencias debe ser de al menos 600€. De lo contrario no cuentan en el cómputo de ingresos recurrentes.
Por sentido común yo diría que al hablar de provenir de otra cuenta de caixabank se refiere además de ello que sea del mismo titular. Yo no lo veo igual.Por sentido común, una nómina no debería provenir del mismo titular.Aunque admito que, vetar a todos los ciudadanos cuyas empresas usen CaixaBank para el pago de las nóminas, me parece demasiado.