[...] tengo un Plan de Pensiones en Indexa, el problema absurdo es que te cualifica la maquina y no hay forma humana de cambiar la asignación entre RV y RF, BAJO TU RESPONSABILIDAD, [...]Sí se puede reasignar. Yo mismo lo he cambiado un par o tres de veces en los últimos años.En cuanto al resto de comentarios. Pues como en todo, hay que entender como y donde se invierte. Que sea un proceso automatizado no significa que no debamos entender como funciona.
Pleno empleo, pero no se recapta lo suficiente ni para pagar las pensiones, que hay que sacar el dinero de otro lado.Mejor no hablemos de como determinan si una persona está activa o no. A ver como serían las cifras si se aplicaran los mismos criterios que se aplicaban hace 30 años.
Entonces a nivel fiscal es lo mismo que si inviertieras en cualquier fondo de inversión.Si estos planes de jubilación tienen (lo desconozco) algún tipo de limitacion en cuanto al rescate, entonces tienen nulo interés puesto que serían mejores (y con más oferta) los fondos de inversión convencionales.
Hasta donde se yo se suma a tu IRPF todo lo que vayas rescatando. El 19% son los primeros 6000€ de beneficio el caso de fondos de inversión, bolsa etc…Efectivamente, se suma para al IRPF pero a la base General y no a la del Ahorro.Lo que dices del 19% para los primeros 6000€, etc., no aplica porque corresponde a la base del Ahorro y en el caso de un Plan de Pensiones hay que considear la General, donde los tramos son completamente distintos.Hay que tener en cuenta los ingresos que tenga uno en dicha base (trabajo, alquiler de viviendas, etc.) para saber que tipo marginal le aplicará cuando haga el rescate.Por ello, es siempre mejor rescatar poquito en varios años que todo de golpe en un mismo ejercicio.Lo que uno ingrese por la base del Ahorro, no altera el resultado.
Quizás te interese echar un ojo a esto (doble fondo monetario): www.rankia.com/foros/fondos-inversion/temas/1657082-buscando-rentabilidad-real-5?page=1#respuesta_1657658
Creo que no entiendes como funciona la regla FIFO.Cuando traspasas o reembolsas, siempre salen primero las participaciones más antiguas considerando como fecha de la participación la de la compra original (no la del último traspaso).
Se refiere a un dinero que tengas con disponibilidad inmediata para usarlo en caso de imprevistos y no tener la obligación de desinvertir parte de tu cartera en el peor momento.Puede ser dinero en un fondo monetario, o en cuentas remuneradas o depósitos cancelables.Se recomienda que el fondo de emergencia cubra unos 6 meses de tus gastos habituales. Yo personalmente prefiero que sea algo más (entre 12 y 24).