Sreko
24/06/24 15:15
Ha respondido al tema Declaración de bienes de inversión
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Cito textualmente lo que indica la AEAT en las instrucciones del modelo 130:Casilla 02. Consignamos aquí el importe de los gastos que, teniendo la consideración de fiscalmente deducibles, resulten imputables a las actividades económicas a las que se refiere este apartado y correspondan al período temporal indicado anteriormente.Incluimos también en esta casilla el importe de las amortizaciones fiscalmente deducibles correspondientes a la depreciación experimentada por el inmovilizado afecto a las actividades desarrolladas en el período comprendido entre el primer día del año y el último día del trimestre, así como, en su caso, el importe de las provisiones que, correspondiendo al citado período temporal, tengan, asimismo, la consideración de fiscalmente deducibles.Tratándose de actividades a las que resulte aplicable la modalidad simplificada del método de estimación directa, se incluirán en esta casilla los importes de las amortizaciones, de las provisiones deducibles y de los gastos de difícil justificación correspondientes al período comprendido entre el primer día del año y el último día del trimestre, determinados conforme a las especialidades establecidas en el artículo 30 del Reglamento del Impuesto.Evidentemente no vas a introducir el importe íntegro de la compra, solo el que corresponda a la amortización del periodo correspondiente.Por otra parte, no entiendo por qué dices que se va a duplicar luego al presenta la renta, no tiene ningún sentido.