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Fallecimiento dentro del plazo para tener derecho a la exención por reinversión

Una persona vende su vivienda habitual y opta por aplicarse la exención de su ganancia patrimonial en el IRPF dado que tiene previsto reinvertir el importe obtenido con la venta en adquirir la que será su próxima vivienda habitual, dentro del plazo reglamentario (41.3 RIRPF) de dos años a contar desde dicha transmisión. Por avatares del destino, fallece antes de que hayan transcurrido esos dos años y de haber comprado su nueva vivienda.

¿Deben sus herederos devolver a Hacienda con intereses lo que habría tenido que pagar de no haberse aplicado la exención por reinversión?

La DGT en consulta V0638-20 dice que no se considera incumplido el requisito de reinversión al que se comprometió el causante cuando optó por acogerse a la exención por reinversión por haber fallecido

Por tanto, la exención que se aplicó, bien aplicada estuvo.

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  1. en respuesta a Alberto Valiño
    -
    Nuevo
    #3
    22/03/22 09:18
    Mil gracias! Un saludo
  2. en respuesta a Helena31
    -
    #2
    22/03/22 07:55
    En mi opinión sin problema 
    En el caso de la consulta tampoco había hecho la declaración todavía, porque vende en junio 2019 y muere en enero de 2020. 
  3. Nuevo
    #1
    21/03/22 16:58
    Buenas tardes,

    Y si la persona difunta ha fallecido antes de poder acogerse a la reinversión en la declaración de la renta? Es decir, vende la vivienda en junio del 21 y fallece en octubre del 21, sin haber podido hacer la delcaración todavía. Se puede hacer su declaración del 21 acogiendose al derecho de exención por reinversión?

    Gracias,