El Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Oviedo dictó tres sentencias el 1 de octubre de 2021 por las que anula el clausulado multidivisa de préstamos hipotecarios en yenes concedidos por Bankinter por su falta de transparencia. Una de ellas además anula los intereses moratorios por ser abusivos (no se pidió esto en las otras dos por no haber ningún retraso en los pagos y, por consiguiente, no haberse cobrado nunca interés de demora). Son las sentencias número 1740, 1741 y 1742.
En ninguno de los tres casos hubo documentación precontractual, ni siquiera la oferta vinculante con las condiciones del préstamo.
En el caso de la primera sentencia, en que he defendido a unas socias de la Unión de Consumidores de Asturias, el perito calculó un perjuicio hasta enero de 2021 de 10.200 euros.
En el segundo caso, en que he defendido a una pareja de socios de Asufin, el perjuicio calculado a septiembre de 2018 ascendió a 77.342 euros.
Y en el tercer caso, en que defendí a una pareja de socios de la Unión de Consumidores de Asturias, el perjuicio calculado a enero de 2021 se concretó en 35.650 euros.
Tendrá que amortizar la deuda que corresponda una vez recalculada la liquidación de los préstamos en euros y reembolsar lo que se pagó en exceso sobre la cuota que habría resultado de concederse en euros, con el interés legal desde cada pago indebido. Y además ha de pagar las costas de los tres procedimientos.
Halcón montés collarejo - Micrastur semitorquatus naso
Nuevamente se han constatado las pésimas prácticas contractuales de Bankinter, totalmente irrespetuosas con los derechos de los clientes y con infracción de las más elementales normas aplicables en materia de transparencia en la contratación bancaria. Y a pesar de la evidencia de que actuó en forma tan torpe sistemáticamente y del gran número de sentencias acumuladas, Bankinter sigue pleiteando para defender una posición insostenible.