Fondos buitres asumen la gestión de las hipotecas de 49.000 familias
No se trata de legal, alegal o ilegal, porque es perfectamente lo primero, lo que no agrada es la forma más o menos habitual de tratar los temas de recuperación de deuda, al menos visto lo visto en préstamos personales.
Es evidente que la deuda existe, y exigir su pago es “lo que toca”, tampoco voy ahora a hablar de “deuda ilegítima” como algunos parece que claman, o que el banco con malas artes endosó una hipoteca a mucha gente sabiendo que aquello que financiaban valdría la mitad en poco tiempo, porque sería absolutamente incierto, el banco no especula con la vivienda, su negocio es prestar dinero, para una cosa o cualquier otra cosa, y recuperar la financiación con sus oportunos intereses, todo lo demás son películas que puede hacerse uno. Ahora cobrar, la forma de hacerlo, tiene ciertas limitaciones en cuanto a “artes”, para empezar la Ley de Protección de Datos, que no permite “molestar” a los vecinos, a los familiares, etc., y desee luego no permite “publicitar” el problema de alguien, a ver si por la vergüenza saca algún dinero de debajo de las piedras.
En la noticia de antes hay algo muy curioso, que denuncia la PAH
“La banca no ha ofrecido a los propietarios el derecho de tanteo para comprar la hipoteca al mismo precio que la ha vendido al fondo … un formalismo, según aseguran los fondos, porque ninguna persona que no puede pagar la cuota mensual de su hipoteca podría comprarla entera.”
Vamos a ver ¿El deudor tiene este derecho? ¿Por qué se le coarta tal derecho? ¿Sabe el adquiriente, si alguna persona podría efectuar el “tanteo” mediante alguna ayuda familiar?
Porque no se trata de lo que opine el fondo comprador, sino de lo que está establecido en la Ley.
Es una simple percepción, pero me da que estos “traspasos” de deuda nos van a dar verdaderos quebraderos de cabeza, porque podemos estar de acuerdo o menos con las sistemáticas bancarias, no obstante éstas están correctamente reguladas, todo es mejorable, no obstante, eso, “correctamente” reguladas, por el contrario tal regulación y controles del Banco de España, no existen para los “nuevos” propietarios de los derechos de cobro.
El tiempo nos dirá si mis sospechas son infundadas.