Es hora de pensar en cómo afectará la devolución de la cláusula suelo a nuestra declaración de la renta 2016 y de los años anteriores.
La resolución del TJUE del pasado 21 de diciembre de 2016 nos sorprendió poniéndose del lado de los hipotecados, haciendo retroactiva la sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013, que declaraba la nulidad de las cláusulas suelo.
Con la sentencia firme del TJUE queda claro que todos los que firmaron una hipoteca con cláusula suelo tendrán derecho a que se les reintegre todos los intereses pagados por la cláusula abusiva. Pero ¿Cómo se declara en el IRPF?
Aunque es pronto para saber la respuesta que dará la Agencia Tributaria ante esta noticia podemos hacer una estimación de cómo habrá que proceder tras la devolución de las cláusulas suelo.
¿Cómo afecta la devolución de la cláusula suelo?
La devolución de la cláusula suelo sólo puede afectar fiscalmente a los hipotecados en el caso de que se les hubiera aplicado deducciones por inversión en vivienda habitual.
En cualquier caso, todo depende de cómo se fije la devolución de los intereses pagados por la cláusula suelo en la sentencia firme o en el acuerdo con el banco, pues dependiendo del tipo de devolución que se aplique tendrá una u otra tributación.
- Si en sentencia firme se redacta que las cantidades satisfechas por el hipotecado en concepto de cláusula suelo serán devueltas por la entidad bancaria como indemnización por los intereses de demora, no habrá que declarar los mismos en ningún caso, puesto que las indemnizaciones judiciales no tienen efectos fiscales.
- Si en la sentencia se declara que la entidad bancaria tendrá que devolver los intereses cobrados en exceso sobre la base del capital que se ha pagado en cada ejercicio, es decir, si se declara que la entidad bancaria tiene que devolver los intereses de más que hemos pagado en cada periodo impositivo, teniendo en cuenta que dichos intereses se obtienen de la satisfacción de parte de la deuda, tampoco tendrá efectos fiscales.
- Si por el contrario en la sentencia se recoge que el banco tiene que devolver al hipotecado los intereses que éste ha pagado de más, aplicando la devolución de los intereses en su totalidad a este ejercicio, si tendrá efectos fiscales.
En este último caso sí que tendría efectos fiscales cuando altere las deducciones por inversión en vivienda habitual, ya que tendríamos que hacer declaraciones complementarias de todos los ejercicios anteriores en los que nos hemos beneficiado por aplicación de deducciones por inversión en vivienda habitual.
¿Cómo declarar si te beneficias de deducciones por vivienda habitual?
Si finalmente la decisión de la Agencia Tributaria parte de ajustar las deducciones que se obtuvieron en los años anteriores por la aplicación de la deducción en vivienda habitual, tendremos que realizar declaraciones complementarias de los años que no hayan prescrito.
El motivo no es otro que en el caso de que se aplicarán deducciones por vivienda habitual es posible que de no haber tenido la cláusula suelo, la base de la deducción hubiera sido diferente. En este caso será necesario que comprobemos la base de la deducción de los años correspondientes y determinemos si sufre alguna modificación o no. En caso de que la base imponible de la deducción diera un resultado diferente al obtenido en su momento con la cláusula suelo, el obligado tributario tendrá la obligación de presentar una declaración complementaria o en su defecto, podría ser la propia Agencia Tributaria la que revise las declaraciones de los años que aún no estén prescritos para reclamar a los obligados tributarios la diferencia.
Se debate también si en caso de tener que presentar declaraciones complementarias, si se tendría que hacer frente a las los intereses de demora o no, y en caso de tener que hacer frente a los mismo, quién debería
En cualquier caso habrá que esperar a cómo reacciona la Agencia Tributaria, ya que realizar declaraciones complementarias de todos los años no prescritos de todos los que pidieron una hipoteca y tienen derecho a la devolución de la misma, podría retrasar los plazos de la Agencia.