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Impuestos pagados por las actividades empresariales en 2009 en España

 

Hace tiempo que no se habla del impuesto de sociedades, debido a que lo más normal es que si hay que modificarlo a la baja, mejor en silencio y si no se puede bajar, la realidad es que mejor no menearlo. Este párrafo es una de las pocas variaciones que tengo que hacer de un reciclado de uno de los post del año pasado. Lo que he tratado de hacer es actualizar los datos con los importes de 2009 y poco más.

Sin embargo, al final nadie parece hacerse la pregunta clave. ¿Cuál es el porcentaje real de imposición a las actividades empresariales en nuestro país?. En este sentido debemos mencionar que existen notables diferencias que provocan que las bases imponibles sean inferiores a los rendimientos efectivos de las actividades empresariales. A titulo enunciativo, estas diferencias podrían ser las siguientes:

  • Para el caso de 673.000 Autónomos o Empresarios individuales tenemos una primera diferencia en el sistema de módulos, o lo que se denomina régimen de estimación objetiva. Es fácil entender que en la mayoría de los casos, cuando un empresario tributa por el sistema de módulos, significa que la estimación objetiva es más beneficiosa fiscalmente que computar realmente los beneficios de la actividad, (estimación directa). En consecuencia, tenemos una parte de los rendimientos empresariales que no están gravados.

 

  • Por otro lado otra diferencia estriba en la existencia de determinados gastos deducibles, que suponen gasto contable o fiscal pero que no son reales. Un ejemplo de esta situación son las famosas provisiones para riesgos, que consisten en detraer beneficios obtenidos para riesgos futuros. Por tanto una parte de los ingresos de cada empresa, no computan a efectos fiscales, ni contables, de tal forma que las bases imponibles son menores que los resultados verdaderos. No es difícil apreciar como el hecho de que se permita a una entidad dotar mayores provisiones fiscalmente deducibles, acaba afectando directamente al impuesto pagado.

 

  • Y otro gran grupo son las deducciones o exenciones fiscales, que permiten que o bien una parte de la renta no esté sujeta  a efectos fiscales o bien que el importe pagado sea menor.

Por tanto para determinar la presión impositiva sobre las actividades empresariales, debemos tener en cuenta cada uno de los efectos antes mencionados. Por supuesto, cada empresario, lo puede determinar fácilmente calculando los euros que pagan y comparándolo con los beneficios obtenidos en su actividad. Pero para hacerlo a nivel agregado, podemos optar por los siguientes cálculos, para llegar a la conclusión de que en 2008 el porcentaje de impuestos pagados por las actividades empresariales asciende al 6.97% del total de los beneficios generados por las actividades empresariales.

¿Cómo se llega a esta cifra?.

En la página de ine, encontramos la información de forma que en 2009 los beneficios empresariales, (Excedente bruto de explotación) ascendieron a 460.711 millones de euros.

Tenemos que comprobar pues el importe generado en impuestos para estas rentas, teniendo en cuenta que los rendimientos empresariales están sujetos  en el impuesto sobre sociedades, y en los conceptos de actividades empresariales y en rendimientos de capital mobiliario en IRPF.

En impuesto sobre las sociedades, el impuesto devengado por los beneficios empresariales en  2009 ha sido de 16.350 millones de euros.

Para determinar el pago derivado de rentas empresariales en IRPF, debemos ir al informe sobre dicho impuesto, que en su página 17 nos da el dato de los ingresos por actividades empresariales que ascienden a 2.239 millones.

Por otra parte, nos queda determinar el pago en IRPF, derivado del traspaso de los beneficios de las sociedades a los patrimonios individuales, que ascienden en total a 4.309 millones, (ver página 11) que es lo que corresponde pagar a los hogares por el total de los beneficios del capital mobiliario recibidos.

Podemos sumar también los rendimientos de fondos de inversión así como los pagos generados por arrendamientos, (que podemos considerar también afectos a actividades empresariales, asumiendo una definición amplia de estos), lo que supondría unos ingresos de la hacienda pública de 651 millones de euros, (página 15) y 1.444, (página 13).

En consecuencia es fácil determinar que la imposición fiscal de las actividades empresariales asciende a 24.993 millones de euros, sobre un total de 460.711 millones generados, lo que representa un 5,42 %.

De esta forma a lo mejor comenzamos a entender la estructura fiscal Española.

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  1. en respuesta a Pagano
    -
    Top 100
    #25
    22/09/10 00:12

    es que le estamos dando vueltas al tema.

    Sé que todos los impuestos estan incluidos en todos los precios. Es obvio.Tal y como estan incluidos los sueldos, los gastos de publicidad, el fondo de comercio....Todo se paga con los precios.

    El problema es como se reparte esto. y esto se puede hacer via renta o via consumo. No hay mas...

    Ya sé que todo está incluido en el precio, pero el problema es que para verlo claramente, resulta que nadie pagaría nada por los beneficios que obtiene, (las rentas). Y cuantas mas rentas tengan para menos gastos menos pagaria

    Verás, la regresividad solo tiene una definición: Que a mayor renta, menor sea la parte de pago de rentas. Es así de simple.

    Y ahora pensemos... ¿A quien le afecta más la subida del IVA?, A una persona que tiene pocos ingresos o a una persona que tiene muchos ingresos.. pensemos en los poquitos euros que sube la factura de electricidad a cuenta de esto... ¿A quien le duele?.

    Te pongo los extremos comparando al de 1.000 y al de 3.000 para que se vea el sentido del camino... y si el de 3.000 paga menos porcentaje que el de 1.000, es regresivo. Pero por supuesto el de 2.000 pagará más proporción que el de 3.000 y menos que el de 1.000.

    Esta es la definicion de progresividad o regresividad...

    En todo caso, no acabo de entender que no sirvan los ejemplos porque tengo que ponerlo todo. La realidad es que ya lo he hecho arriba...

    gasolina?.. un ejemplo.
    comida?.... otro ejemplo
    telefonos?... otro ejemplo
    energia?.... otro ejemplo.

    Bienes que cubran necesidades secundarias o terciarias?... pues en este caso el impacto sobre los consumidores de la subida es menor, porque se asume por el vendedor... (textil, coches...).

    Ahorro?.. no afecta.

    En función de la estructura de gasto que tiene cada persona tenemos el impacto de la subida y del iva. de forma que aquellos que centran su renta en consumir productos basicos sufren el mayor impacto mientras que los que ademas de pagar eso diluyen el efecto con bienes elasticos y el ahorro.. sufren menos.

    eso es regresividad.

  2. en respuesta a Yo mismo
    -
    #24
    21/09/10 15:29

    Estimado Tomas:

    En primer lugar gracias por las aclaraciones, no pretendo entrar en el detalle.

    Y mi intencion es que lo que tu entiendes como regresivo para mi no lo es si se aplica correctamente. Por eso intento explicar el problema fiscal de la economia española. Mientras no seamos capaces de ver lo que te intento explicar aunque aparentemente no tenga razón. No se mejorara el estado de bienestar.

    Ciertamente para comparar la competitividad de un pais habria que retirar los impuestos pero para comparar la competitivdad de un producto en cada pais en el precio se debe de incluir todo. Y la fiscalidad influye notablemente en la competitivdad final y en la decision empresarial de instalar una fabrica, en un pais o en otro al igual que las subvencioens encubiertas y la presion nacional.

    En el post se explica muy bien como los precios para un mismo producto por motivos fiscales hace que sea más o menos competitivo según la variacion en el precio por lo que en este caso hay que contar el IVA, ya que es el precio el que determina la demanda.

    Si estas planteando una teoria es necesario abstraerse de los conceptos actuales porque estos chocan con nuestra opinon al respecto. Como bien dice Feinmann, segun la legislación el IVA lo soporta quien compra. Pero como bien argumento yo todos los impuestos estan incluidos en el precio y lo que decide tanto la competitivdad de un producto respecto a otro es el factor precio aunque legalmente y segun nuestros conceptos el IVA lo soporta el comprador y el Impuesto de sociedades el vendedor.

    En mi argumentación no voy buscando las exactitudes sino la comprensión de los conceptos. Y a donde quiero llegar es que tan regreslvo es el IVA como el Impuesto de sociedades, como cualquier impuesto para quien menos gana porque todos los impuestos afectaran en el precio, obviamente no de igual manera pero el daño que se hace a nuestra economia tampoco es el mismo dependiendo del impuesto que se modifique y por ello es necesario replantearse el sistema fiscal y los conceptos impositivos que tenemos.

    Si se quiere paliar la regresion esta no puede venir por el lado impositivo nunca sino que debe de venir por otorgar ingresos a los ciudadanos, como pudiera ser a traves de un impuesto negativo. Por eso se dan las subvenciones a las empresas. Pero obviamente como tu tambien has escrito en un post no todos pueden o deben de ganar lo msimo porque no todos trabajan ni han estudiado lo mismo. Tampoco todos tiene las mismas necesidades. Lo logico es que todos dispongan de un minimo indpendenientemente del tarbajo, y a partir de ahi que cada persona se realize y sea libre de aportar lo mejor de si mismo a la sociedad.

    Por ello no me sirve la regresion fiscal en el ejemplo de la gasolina, porque se debe de contar todo y todo para todos. Es decir no te puedes quedar con un concepto en un momento dado si no se atiende al global de la situación, porque genera distorsiones. Es como si todo el mundo quisiera se r famoso y eso por desgracia no es posible. No pretendo compara la regresion de quien gana 3000 con el que gana 1000 cuando el 70% es mil eurista. Si creas un sistema este tiene que ir en consonancia con la media, procurando que nadie quede fuera.

    Un saludo

  3. en respuesta a Pagano
    -
    Top 100
    #23
    21/09/10 01:36

    y hombre...

    en lo de alemania y españa estás mezclando varias cosas... primera es que el iva no afecta a la competitividad, que por cierto tampoco tiene mucho que ver con el ipc...

    el ipc nos mide lo que cuesta el pollo en alcobendas y esto no tiene nada que ver con la capacidad de poner un determinado bien en otro país. (nada que ver es un poco exagerado, pero en realidad tiene poco que ver...)

    ¿De que dependen los precios y por tanto las evoluciones en Alemania y en España y en cualquier país?. Pues basicamente de las protecciones a las empresas y la situacion de la demanda, por no hablar del reparto de gasto.

    En España el nivel de renta es muy inferior y el porcentaje de gastos en bienes de primera necesidad es mayor. Hay que tener mucho cuidado, porque desde luego el efecto del IVA no es el unico.

    En todo caso, el IVA lo hay que eliminar para comparar la competitividad, (porque las empresas españolas que exportan simplemente no cobran el IVA), y desde luego, tenemos que comparar costes y no precios.. Por que resulta que se puede vender más barato fuera que lo que se puede vender en españa. Pero si las estructuras de los mercados te dejan subir los precios.. ¿por que no?

  4. en respuesta a Pagano
    -
    Top 100
    #22
    21/09/10 01:30

    y lo de la regresividad de los impuestos indirectos lo puedes ver de esta forma...

    imagina dos trabajadores que tienen las mismas circunstancias familiares.. pongamos que viven solos y que tienen su trabajo a 20 kms de casa, que tienen una casa con una tele, una habitación, una nevera y una lavadora...

    Ambos son espartanos y gastan lo justo... Ahora bien, uno tiene un sueldo de 1.000 euros y el otro de 3.000....¿quien paga más si solo se paga IVA?.

    Un impuesto es regresivo si el porcentaje se reduce con la renta... y si mis vecinos trabajan en el mismo sitio que yo, esta claro que lo que se paga de iva sobre el gasoil, o de hidrocarburos representara un coste mucho menor en aquellos que ganen mas.

  5. en respuesta a Pagano
    -
    Top 100
    #21
    21/09/10 01:26

    dices...

    La cuestion a la que nos enfrentamos es que si de la parte de la oferta yo reduzco un 5% el impuesto de sociedades y aumento un 5% el IVA. El precio no ha variado. Si no varia el precio no puede ser el IVA un impuesto regresivo.

    Pero estas cometiendo un error salvaje...

    a ver. una empresa gasta 10 en mercancias, luego paga 5 por intereses bancarios, paga 10 en sueldos.. en total tiene unos gastos de 25, y vende eso por 50 + IVA.

    su beneficio son 50-25= 25

    En cambio el IVA ha sido.. ha pagado al de las mercancias, 11,8, (10+ 1,8) y cobra al siguiente en la cadena 59, (50+9 de IVA), si te das cuenta resulta que beneficios 25... pagos-cobros de iva=o.

    REsulta que si sube el IVA, sube sobre el total de la facturación, (los 50). En cambio el impuesto sociedades actua sobre beneficios.... (25), por tanto no son bajadas equivalentes.

    Pero lo más importante es quien paga. Por que si gravas a quien obtiene rentas, pagas por la obtención de rentas, por lo que cuanto mas rentas mas pagas... en cambio si gravas el consumo, cuanto mas renta, mas ahorro y por tanto menos pagas...


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