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La pérdida de la soberanía con el artículo 135 de la constitución, ¿no es un derecho fundamental?

 

Imaginemos que a alguien se le ocurre introducir un último artículo nuevo en la constitución que afirme lo siguiente:

“Todos los artículos anteriores,  no son de obligado cumplimiento”. 

En este caso, se puede entender que no se modifica ningún artículo fundamental de la constitución, (en el sentido estricto de que no se tocan), por lo que no es necesario referéndum, ni votaciones. Pero está claro que la introducción de este punto simplemente significa eliminar de golpe y porrazo la constitución española.

 Se puede pensar que esto es algo impensable, pero esto es lo que ha ocurrido de golpe y porrazo en medio de Agosto, a instancias de Merkel y Sarkozy, en cuestión de horas y sin que nadie pueda opinar. El problema es que la reforma de la constitución en lugar de ser una son en realidad tres.  El motivo de esta medida es apoyar los mercados financieros, (a través de las expectativas del euro y otro punto mucho más relevante), y como todo apoyo nos cuesta por que no se pueden asumir apoyos sin que de otro lado existan sacrificios (aunque no se expliciten).

En este caso los costes vendrán derivados de la revalorización del euro, que voy a obviar hoy, ya que son escasamente relevantes frente a los otros y la dificultad de comprensión puede no compensar. Y por supuesto otros costes que vendrán determinados por las distintas modificaciones que se nos plantean en el artículo.

Lo primera modificación y la única sobre la que se está hablando versa sobre el límite de endeudamiento, y en este sentido la discusión se centra sobre si este límite es apropiado o no, sobre si debería constar el dato o no, o si el 0,4% acordado es mucho o poco. Por supuesto, ya se habla de las posibles trampas ya que se ha acordado que el límite afecte al déficit estructural, (definido como aquel que no se ve afectado por los ciclos). Anteayer comentaba la razón de este punto, que no es más que la de tratar de influir en las expectativas del euro, ya que como todo el mundo sabe en realidad este punto en concreto no entrará en vigor hasta el 2020, según las últimas noticias.

Todos los discursos que nos están soltando en esta reforma nos hablan del padre de familia responsable, como si un estado fuese una familia, en lugar del instrumento de las familias para vivir mejor. En este sentido me veré obligado a intentar usar la analogía de una familia.

El déficit o superávit no es más que la diferencia entre lo que ingresa un país, (principalmente impuestos), en un año. Es a una familia, la diferencia entre los ingresos y los gastos. Esta familia, al principio del año, hará su presupuesto, comprobará los ingresos y los gastos y por tanto comprobará que puede ahorrar o a lo mejor este año ha de gastar ahorros o bien endeudarse por cualquier motivo. Por supuesto lo que piense esta familia, será una previsión y conforme vayan transcurriendo los días, las situaciones pueden variar.

Imaginemos que esta familia pensaba ahorrar 2.000 euros al año, y sufre una avería en el coche que el padre usa para trabajar que le cuesta 3.000 euros. Pues esta familia no podrá arreglar el coche, aunque tenga dinero ahorrado o capacidad para endeudarse, a menos que reduzca sus gastos en 1.000 euros. El problema es que este ajuste será más o menos fácil en la medida en la que sea austera o no. Si todo se dedicaba a comer, el ajuste será imposible. En este caso, aunque tuviese posibilidad de arreglar el coche, no podría hacerlo en realidad, ¡aunque ello supusiese perder su medio de vida!.

Y esto es equivalente en los estados. A nadie le gusta endeudarse, pero sin embargo en ocasiones, es la mejor opción y en otras ocasiones además es la única.

Por supuesto, en la reforma de la constitución nada se habla de “cómo ha de ser el ajuste”, por lo que es posible que esta familia ajuste en la comida de los niños, mientras siga pagando la cuota del gimnasio. Puede parecer un poco contraproducente, pero no consta ninguna regla, y en este sentido trasladando el símil al estado, se puede reducir en prestaciones de desempleo, en servicios públicos, en sanidad o podemos prescindir de realizar infraestructuras de AVE, paseos marítimos, aceras varias, contratos de consultorías, aeropuertos que no se usan, externalización de servicios y demás aspectos, por no hablar de aquello de pagar intereses de los fondos que obtenemos para salvar bancos o incluso asumir sus pérdidas directamente.

Aún asumiendo la necesidad de ajustes, nadie ha hablado de cuáles son los ajustes que se han de tomar y desde luego no se han puesto ni límites ni ningún tipo de priorización. Y de esta forma, planes como el especial de Fomento que básicamente es un increíble robo a gran escala pueden seguir sin problemas.  Aunque una regla de gasto fuese necesaria, no podría establecerse sin unas reglas claras de cómo seleccionar los gastos necesarios y aquellos que no lo son, así como los grupos, personas o intereses que se podrán sacrificar.

Volviendo a nuestra familia, pensemos que caen los ingresos, (bien porque una persona se va al paro, bien porque tiene que reducirse los sueldos), o bien suben los gastos, (por ejemplo porque los intereses suben,  o sube el precio de la comida o de la gasolina). Evidentemente estaríamos en la misma situación.

Otro caso similar es el que nos encontraríamos en una familia que decide asumir un gasto que le proporcione un beneficio en el futuro; Por ejemplo, las familias en un momento dado pueden decidir gastar dinero en educación, sabiendo que es un gasto y aunque sea perdiendo en algún año, por los beneficios en el futuro. ¿Por qué se disparen los gastos un año se va a hipotecar totalmente los ingresos del futuro?. ¿Es lógico y normal que una familia ponga a trabajar a sus hijos, (para incrementar sus ingresos), en lugar de endeudarse o gastar ahorros en pasar unos años con mayores gastos ymenores ingresos?. Pues esta situación quedaría prohibida por ley.

Bien es cierto, que se nos habla de déficit estructural, sin tener en cuenta que es esto exactamente, por lo que llegado un caso, podemos hacer uso de una flexibilidad, que supondría básicamente hacer trampa. En este mundo ya parece increíble que se transmita, (tan siquiera remotamente), que no es tan grave, porque se puede saltar.

Pero en todo caso, lo que nos cuenta la norma, es que esto ocurrirá en casos muy tasados; en particular nos habla de situaciones de recesión; olvidando que recesión es un período de 2 trimestres negativos de crecimiento negativo. Es decir; si este fin de semana (último de agosto de 2011), entramos en problemas, la salvedad en la que se podrían tomar medidas, entraría en vigor a finales de marzo de 2012, que será el momento más reciente en el que podamos decir que estamos en recesión. En definitiva, y dado que los datos de PIB se publican a los tres meses del fin del trimestre; lo que nos afirma la nueva constitución es que se podrá actuar ante una situación económica adversa a partir del noveno mes de decrecimiento, y en este caso tan sólo si se consigue mayoría absoluta. Esto es lo que tardaría el estado en instrumentar una política fiscal para solucionar una recesión.

Por lo tanto, respecto a la reforma del gasto, lo que nos dice el estado es que legalmente no podrá reaccionar de forma temprana, y que la decisión del déficit vendrá impuesta por Europa, (o sea Alemania y de acuerdo a los intereses de los bancos alemanes), y con los criterios que se establezcan desde Europa, (como se viene haciendo ya).

En consecuencia, y dado que España no tiene Política monetaria, que está en manos del BCE, el cual a su vez representa los intereses de Alemania; y a partir de ahora no tiene política fiscal, hemos de concluir que España ha perdido completamente la posibilidad de realizar políticas ECONÓMICAS, lo cual supone indirectamente la pérdida de soberanía económica.

Por supuesto esto deja herida de muerte a la constitución y a España, porque una vez pérdida la soberanía, y al albur de los intereses de Alemania, se van a adoptar las medidas que a este país le interesa, que normalmente supondrán su beneficio y nuestra pérdida. Pero este no será el peor escenario, ya que en el artículo 135 propuesto para la constitución existe Un punto adicional.

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  1. en respuesta a Yo mismo
    -
    #52
    30/08/11 13:38

    Lo normal cuando contraes una deuda es que te comprometas a pagarla. Nunca he visto un préstamo que incluya las condiciones: “solo ha de pagar lo que le apetezca, cuando le apetezca y solamente si le apetece”.

    Y luego está la dichosa manía que tienes de confundir a prestatarios con supermillonarios, la mayoría de los préstamos a estados (bonos, letras o lo que quieras) no los hacen personas privadas sino fondos de inversión compuestos por millares de pequeños ahorradores, aseguradoras con millones de clientes, bancos con los depósitos de millones de pequeños clientes, fondos de pensiones con miles de afiliados.

    Tengo 5.000€ invertidos en un fondo de renta fija con deuda de Suecia, Corea, Islandia, Rumania y un largo etc. Y la verdad es que sería muy de agradecer que me/nos devolvieran el dinero invertido con los intereses acordados. Tener 5.000€ en deuda pública no creo que pueda considerarse ser un tiburón de las finanzas ni un buitre carroñero.

    Tengo un plan de pensiones invertido en gran parte en deuda pública ¿he de olvidarme de mi pensión?

    También tengo un seguro de vida e invalidez, las compañías de seguros suelen mantener el dinero en emisiones de estados a la espera de tener que pagar las primas. ¿Si a un estado le da por gastarse la deuda a lo loco me he de despedir de mi seguro si me pasa algo? no resulta lógico ni razonable.

    Tengo dinero depositado en el banco, si voy a retirarlo deseo que me lo entreguen ¿acaso estoy pidiendo una aberración socio-económica?

    ¿Soy un negocio privado deleznable? Pues creo que no, al igual que otros millones de pequeños inversores-asegurados-depositantes que como yo somos los que prestamos a los estados.

    Resulta muy fácil y demagógico criticar las grandes cifras que manejan los fondos, los bancos, las aseguradoras, pero mira a quién pertenece ese dinero.

    Está confundiendo churras con merinas.

  2. en respuesta a Pinocho
    -
    Top 100
    #51
    30/08/11 00:53

    me refiero al problema de "prioridad absoluta para el pago de deuda" que entra en vigor automáticamente...

    Es decir, ¿Estás de acuerdo con esta clausula cuando estás obligado a poner una cantidad indeterminada y potencialmente ilimitada en negocios privados?

  3. en respuesta a Yo mismo
    -
    #50
    29/08/11 20:11

    Esto te gustará creo. Parece ser que a Islandia no le va tan mal.

    http://www.euribor.com.es/2010/12/14/lecciones-desde-islandia/

    Aunque su moneda se devaluó un 46% y su bolsa cayó un 92%. Aunque realmente tampoco es que se aporten muchos datos de si les va bien o mal, la pérdida de "valor" es evidente.

  4. en respuesta a Yo mismo
    -
    #49
    29/08/11 19:08

    La verdad, no estoy muy seguro. Pero creo que la limitación está programada para 2020. Y el número tope no va en la constitución sino que irá en leyes orgánicas (con lo cual me temo que de poco servirá la medida, aunque por principio me parece buena)

  5. en respuesta a Pinocho
    -
    Top 100
    #48
    29/08/11 18:49

    lo habia entendido... pero yo lo que preguntaba es si estas condiciones son razonables en las condiciones actuales...

  6. en respuesta a Yo mismo
    -
    #47
    29/08/11 18:20

    A lo que me refería es que me parece razonable que el límite de gasto vaya acompañado de límites en rescates a la banca y otras empresas.

  7. en respuesta a Pinocho
    -
    Top 100
    #46
    29/08/11 15:53

    pero ¿estás de acuerdo con el limite sin lo otro?...

    o sea... ¿estas de acuerdo en que mientras estemos obligados a inyectar toda la cantidad de dinero que la banca necesite no podemos aceptar un limite, porque la combinación de las dos nos hundiría???

  8. en respuesta a Yo mismo
    -
    #45
    29/08/11 15:44

    ...A mi me parece que toda aquella persona que proponga cualquier limite, propondrá que paralelamente se elimine la posibilidad de inyectar dinero en cualquier clase de entidad...

    en esto totalmente de acuerdo

    Un saludo

  9. en respuesta a Pinocho
    -
    Top 100
    #44
    29/08/11 15:23

    hombre...

    ¿nadie se rasgó las vestiduras?...

    discutible... Ahora parece que nadie protesta tampoco.... (¡y aquí estamos!).

    y por ejemplo...

    A mi me parece que toda aquella persona que proponga cualquier limite, propondrá que paralelamente se elimine la posibilidad de inyectar dinero en cualquier clase de entidad... por que no deja de ser curioso que hayamos inyectado 31.500 millones directamente, (ya ni hablo de lo indirecto) y nos hayamos comprometido a inyectar lo que haga falta y luego nos vengan con limites...

    y lo de desportricar contra alemania entiendo que es aburrido, pero en cambio despotricar contra españa es de lo más normal y todo el mundo se apunta.... por que si vamos a comparar las veces que se ha acusado a Alemania de "actuar de acuerdo con sus intereses" con las veces que se acusa a los países de "irresponsables y muertos de hambre", igual llevamos una sorpresa...

    claro que luego aclaramos todos....¡somos patriotas!.

  10. #43
    29/08/11 15:04

    No es ningún derecho fundamental ni ninguna pérdida de soberanía. Cuando firmamos el tratado para entrar en la UE sabíamos que había unas reglas comunes para todos en materia financiera y un banco central, nadie se rasgó las vestiduras y nadie nos obligó a entrar.

    Por otra parte, la medida de limitar el endeudamiento es de total sentido común, muy necesaria, se debió hacer hace años y se prevén excepciones para ciertos casos. Y no soy sospechoso de votar al PSOE. No se puede estar eternamente gastando más de lo que se ingresa y no hace falta ser economista para reconocer que esto es evidente.

    Lo de despotricar contra Alemania ya aburre, tampoco nadie se quejó cuando durante años estuvieron financiando a España y el resto de países irresponsables y muertos de hambre de Europa (y nosotros tirando el dinero en imbecilidades, claro.)

  11. en respuesta a Yo mismo
    -
    #42
    29/08/11 13:12

    Bueno, si ése es el debate, estamos de acuerdo en que hay pérdida de soberanía, incluso aunque sea consentida, pero en este caso la "cesión de poderes" me parece de muy poca importancia; mucho peor es que existan reglamentos de la Unión Europea de eficacia directa y que prevalecen sobre nuestro derecho nacional; y eso ya sabíamos que existía cuando firmamos el tratado de la unión.

    Resumiendo, tomar una referencia de déficit acorde con el marco de nuestra divisa me parece una pequeñísima cesión de soberanía comparado con la legión de reglamentos (y directivas) que están por encima de nuestra constitución al completo, aunque lo normal es que no colisionen.

    Y por otro lado, si para firmar el Tratado de Maastricht se nos exigía un determinado nivel de déficit, tiene bastante sentido que ahora siga esa limitación para participar de la tarta europea, si entonces nos pareció bien ser los borregos económicos de Europa, ahora no deberíamos escandalizarnos.

  12. en respuesta a Yo mismo
    -
    #41
    28/08/11 19:50

    A los pensionistas ya les han recortado la pensión sin necesitar para nada el dichoso artículo 135. Búscate otro ejemplo, que este no es válido.

    ¿Qué ocurre si hay otro default? Pregúntaselo a los del Banco de España, son especialistas en defaults, España es el país que más defaults ha tenido en toda la historia:

    “España tiene el récord de quiebras según los expertos. El Estado español ha quebrado en 13 ocasiones. Siete durante el Siglo XIX, otras seis durante los tres siglos precedentes. Después de la guerra civil, aunque no se produjo una quiebra formal, España estuvo, de hecho, en quiebra.”
    http://www.peatom.info/escaner/118836/las-perdidas-no-se-socializan-en-todo-caso-se-nacionalizan/


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