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Los famosos Convenios en el seguro de autos.

Estamos muy acostumbrados los mediadores a una cosa que se parió hace años en el sector asegurador, concretamente para el ramo de automóviles, y que recibió el nombre de Convenio de Indemnización Directa Español o CIDE. Los consumidores de seguros alguna que otra vez han oído hablar de que tal o cual compañía o de que su siniestro se pagan por "convenios". Y de ahí a traducir el término en "chanchullo", "apaño", "acuerdo" y toda cuanta traducción peyorativa entrara en la sesera del interfecto ha sido uno. En este post intentaré dejar unas pinceladas básicas para que el lector no profesional entienda de una vez por todas de qué va esto de los convenios. Sus pros y contras y, por encima de todo, unos cuantos trucos que le harán "mejor conductor" y, en consecuencia... mejorará sus expectativas de ser declarado acreedor (el que gana) en un parte CIDE y no deudor (el que pierde). Para empezar, el convenio CIDE surge como una necesidad de agilizar y normalizar las reclamaciones amistosas (no judiciales, no confundir con "entre amigos") que en el entorno pre convenios llegaban a eternizarse. Con el convenio CIDE se consigue, en líneas generales:
  • reducir los tiempos de tramitación. Las aseguradoras se obligan a los siguientes plazos MÁXIMOS: 3 días hábiles por inexistencia de seguro, 7 días naturales por cualquier otro motivo, 7 días naturales para intercambios de las copias de los partes desde su petición). Si no se contesta en plazo, el que no cumple los plazos paga (de ahí la conveniencia de tener una aseguradora con buena tramitación... y que salga caro contratar un seguro sin estructura de servicio).
  • Nuestra compañía perita nuestros daños y lo hace de acuerdo con el contrato que tenemos suscrito. La compañía contraria NO perita. De ahí la importancia de contratar una compañía con una cláusula de valoración de los daños que nos sea favorable y no cualquiera porque ahí las diferencias cuestan miles de euros.
  • Nuestra compañía paga al taller el importe total de la reparación, NO la contraria de quien recibe el módulo que no es otra cosa que el importe medio por siniestro en el sector. Si solo tenemos un intermitente roto nuestra aseguradora gana dinero con ese parte porque recibe mucho más pero perderá si tenemos un siniestro con un importe de reparación superior al importe medio; más aún si se trata de un siniestro total. Por ello es muy importante la figura del mediador de seguros porque no dejará que el asegurador "se salga por la tangente".
  • Las aseguradoras que incumplen los plazos son penalizadas por el sistema por lo que, en general, se obtiene un servicio que tiende hacia la excelencia y ello redunda en satisfacción para el consumidor de seguros.
Para que el CIDE sea aplicable deberán darse una serie de circunstancias:
  • Cumplimentar debidamente la Declaración Amistosa de Accidente (el parte amistoso de accidente nació en el año 1.972 en la Asamblea Plenaria del Comité Europeo de Seguros quien invitó a todas las entidades de seguro a introducir en sus países la “Declaración Amistosa”. Esto supondría un modelo común: texto, formato y color. España se sumó a esta iniciativa el 1 de junio de 1987 y, desde entonces, todos llevamos el parte amistoso en nuestra guantera. Pero pocos saben cumplimentarlo bien. Consulte a su mediador y le enseñará cómo lograr una correcta cumplimentación puesto que acelera enormemente los trámites).
  • Solo se aplica este convenio si intervienen dos vehículos en el siniestro. Si hay más de dos vehículos no se pueden aplicar Convenios.
  • Las compañías aseguradoras de los dos vehículos deben estar adheridas al convenio. Por ejemplo, no están adheridas las aseguradoras de vehículos extranjeros, aseguradoras que operan en España sin establecimiento y algunas "de todo a cien". La adhesión a convenios supone depositar avales, informátizar y pagar cánones de uso por lo que algunas necesitan ahorrarse esos costes aunque suponga dar peor servicio.
  • Debe producirse colisión directa entre los dos vehículos implicados en el siniestro. Si los vehículos no se tocan, no se aplican convenios.
  • La Declaración Amistosa de Accidentes debe estar correctamente cumplimentada y firmada por ambos conductores. En caso de cumplimentación incompleta o falta de firmas se aplicaría el Convenio ASCIDE.
  • Los daños materiales ocasionados en el accidente no pueden sobrepasar los 100.000,00 € por siniestro. Los daños personales o a cosas transportadas quedan fuera de convenios.
En la cabecera de este post he incluido una tabla. Se trata de la tabla de culpabilidad que se utiliza en el convenio CIDE y en el ASCIDE. Es muy sencilla y directa. Como verán en la primera columna aparecen unas casillas que van desde la "A0" hasta la "A17"; en las mismas se recogen las circunstancias marcadas con una crucecita del cuerpo central del parte amistoso para el "vehículo A". En la primera fila aparecen unas casillas que van desde la "B0" hasta la "B17" que significan exactamente lo mismo pero para el "vehículo B" del parte amistoso.

Pongamos un ejemplo: El vehículo A adelanta cuando de repente el vehículo B, con el intermitente puesto, gira a la izquierda cortando el paso del vehículo A quien le colisiona ¿quien tiene la culpa?
Si toman su parte amistoso para el "vehículo A" se marca la casilla "A11- Adelantaba" y el "vehículo B" tiene puesta una cruz en la casilla "B13- Giraba a la izquierda". Nos vamos a la tabla que encabeza este post y observamos el punto en el que se cruzan A11 y B13 y observamos que pone, claramente, que el culpable es el "B". ¿Por qué? Pues porque nuestra Legislación en materia de circulación obliga a que un vehículo que es adelantado permita que acabe dicha maniobra sin poner en riesgo al vehículo que adelanta y, además, establece que para ocupar un carril distinto de aquel por el que se circula deberá respetarse la prioridad del vehículo que lo ocupa en ese momento. Pero, además, obliga a que todo vehículo que realiza un giro deba asegurarse antes de que puede hacerlo sin riesgo para el resto de vehículos y peatones. Todo esto está condensado en esa casillita que dice, lacónicamente, "B". Por cierto, el intermitente sirve de aviso pero no autoriza en ningún caso ni otorga prioridad; eso es algo que un servidor ha tenido que borrar de la mente de miles de conductores equivocados así que quíteselo de la cabeza.

Echando un vistazo al cuadro y a modo de resumen, voy a darles las diez recetas de oro que permitirán evitar tener la culpa en el 80 % de los siniestros en que puedan verse comprometidos:
  1. Siempre utilicen el carril que está más a la derecha, especialmente en las rotondas: en caso de colisión circulando en paralelo siempre resulta culpable el vehículo que tiene los daños en su lateral derecho ¿por qué? Nuestras Leyes nos obligan a circular por la derecha; quien se separa del carril derecho asume el riesgo derivado de hacerlo.
  2. Nunca haga marcha atrás si no está totalmente seguro de que puede hacerlo sin problemas porque si el problema se presenta SIEMPRE será culpable.
  3. Nunca abra las puertas sin estar completamente seguro de que no existe riesgo alguno o las tenga abiertas sin necesidad porque en caso de duda SIEMPRE es culpable quien abre o tiene la puerta abierta. Y es una reparación muy cara.
  4. Mantenga la distancia de seguridad y preste atención porque si golpea al de delante o se ve envuelto en un accidente en cadena de vehículos en movimiento SIEMPRE tendrá la culpa; totalmente en el primer escenario y de los daños de su frontal y de la trasera del de delante en el segundo supuesto.
  5. Nunca entre en una rotonda o en una via principal procedente de otra secundaria, de un parking o camino de tierra si no hay espacio holgado para hacerlo puesto que en caso de accidente SIEMPRE tendrá la culpa, independientemente de la velocidad (excesiva, claro) que llevaba el otro.
  6. Nunca salga de un aparcamiento sin estar seguro de que puede hacerlo sin provocar un accidente porque en caso de colisión nada le va a salvar: quien se incorpora a la circulación es culpable SIEMPRE.
  7. Nunca cambie de carril si no tiene espacio holgado para hacerlo. Ni intermitente ni gaitas; nada le salvará si tiene un accidente porque cambiar de carril implica SIEMPRE culpa.
  8. Si cree que le sale a cuenta meterse tres metros en dirección prohibida con el coche o la moto para no tener que darle toda la vuelta a la manzana para entrar en el parking, quíteselo de la cabeza: implica culpa SIEMPRE pero, además, representa pérdida de puntos, puede suponerle perder el carné de conducir (y cuando se pierde se pierde para todo vehículo a motor, que es algo que la gente no sabe, es decir: no podrá conducir NADA con motor mientras esté sin carné) o incluso constituir delito y cárcel si hay lesionados.
  9. Un STOP o un CEDA son sagrados. También la preferencia de otro vehículo que viene de la derecha en un cruce. Si no entiende esto y lo incorpora a sus hábitos incluso en la urbanización que tan bien conoce, en ese cruce por el que "nunca viene nadie" y demás, le garantizo que le esperan desagradables sorpresas que pueden conducirle, incluso, a la muerte. Recuerde que incluso con Airbags protegiéndole una colisión a más de 56 Km/h (es decir, Ud a 28 Km/h contra otro a 28 Km/h) puede costarle la vida a Ud, a su esposa, a sus hijos o a gente a quien ama. Y esas velocidades en ámbito urbano son ridículas.
  10. Si va a entrar a un párking recuerde siempre que quien circula por el mismo tiene preferencia.
Si alguien está muy interesado con el tema al pie de este post dispone del manual completo del convenio CIDE-ASCIDE en formato pdf.

Espero que estas orientaciones le sirvan de ayuda y le permitan conocer un poco mejor cómo funciona su seguro, cómo y por qué se imputan las responsabilidades. Recuerde consultar a su mediador y que le explique cómo cumplimentar bien un parte amistoso; es un buen aliado y le ahorrará tiempo y preocupaciones incrementando su satisfacción con el seguro.







CONVENIO%20CIDE_ASCIDE.pdf
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