Supongamos que estáis investigando una subasta y que la descripción registral del bien dice lo siguiente:
DESCRIPCIÓN: URBANA: Departamento Primero. Local sito en la planta baja del edificio denominado Guadiana, en algún lugar de La Mancha, con portales a las calles Toledo, número doce, Segovia, número veintinueve y Guadalajara, número veintidós. Compuesto de varias dependencias. Está situado en la esquina que da a las calles Toledo y Guadalajara, por las que tiene acceso directo. Tiene una superficie útil aproximada de sesenta y seis metros sesenta decímetros cuadrados (66,60 m2). Linda, tomando como frente la calle Toledo: frente, dicha calle; derecha entrando, finca segregada primero-bis; izquierda, portal de acceso de la calle Toledo, cuartos de instalaciones comunes, trastero número diecisiete y zona de maniobra de las plazas de aparcamiento; y fondo, cuarto de instalaciones, trasteros número diecisiete y dieciocho y zona de maniobra de plazas de aparcamiento. COEFICIENTE: Dos enteros y ochenta y siete centésimas por ciento (2,87%). Esta finca es el RESTO que queda después de practicar la segregación que indica la nota al margen de la inscripción 1ª y forma parte de (...).
A continuación vais a Google Maps y os encontráis con esto:
Siendo la calle Toledo en la que está aparcada la furgoneta blanca y siendo el portal de dicha calle el que está tapado por el árbol y siendo la calle Guadalajara en la que está aparcada la furgoneta roja.
Tras un primer y superficial vistazo podría parecer que el local subastado es el que está en bruto junto a la señal de prohibido.
Pero los subasteros no podemos limitarnos a echar vistazos superficiales. Nos va mucho dinero en ello.
La descripción expresa claramente que el local está situado en la esquina de ambas calles, teniendo acceso directo a ambas lo que nos confirma en esa primera impresión de que se trata del local de la esquina. Pero una lectura más detallada también nos indica que entrando desde la calle Toledo, linda por la derecha con el local segregado primero-bis y con la izquierda con el portal de acceso de dicha calle Toledo.
Esto último nos conduce a cierta confusión, pues no hay otro local a la derecha del de la esquina, como es obvio tratándose de una esquina. Por otra parte el local que hace esquina y que está en bruto no linda con el portal.
CONCLUSIÓN: El local que se subastaba era el que está entre el portal y el local en bruto y se trata de una cafetería perfectamente montada y lista para ser explotada. Por supuesto vale mucho más que su local vecino, que es el que los otros subasteros creían que salía a subasta, motivo por el que fueron incapaces de igualar mi oferta.
¿Dónde ha estado el error y de quién ha sido?
El error ha sido del registrador, que cuando ambos locales se segregaron, dejó la siguiente frase en la descripción del local que se segregaba: "Está situado en la esquina que da a las calles Toledo y Guadalajara, por las que tiene acceso directo". No tuvo en cuenta que esa frase estaba bien cuando ambos locales formaban una unidad, pero que ahora la frese solo cuadraba con el de la derecha y ya no encajaba ni con cola con el local de la izquierda.
Y repito la última frase del post anterior para lamentar que en el tercer milenio todavía haya propiedades con tan pésima información registral.