¿Os imagináis cómo podría cambiar el negocio de las subastas judiciales si al final los políticos decidieran cumplir de una santa vez su eterna promesa de avanzar hacia las subastas judiciales electrónicas?
Semejante cambio legislativo podría darle la vuelta a este negocio como a un calcetín, retirando de un plumazo a docenas de subasteros del pleistoceno y dando paso, por fin, al súper subastero postmoderno que puja desde casa, sentado en pijama en su sillón anatómico, frente a seis pantallas, como el broker especulador que en realidad es.
Pues dejad de imaginar.
Ese cambio va a ser una realidad.
A partir del próximo otoño.
No se si os he comentado en alguna ocasión que tengo una alerta de Google para que me avise en cuanto haya novedades en el mundillo de las subastas judiciales. Pues bien, la semana pasada recibí dos de esas alertas, una por el resultado provisional de la subasta del aeropuerto de Ciudad Real y la otra por la publicación en el BOE de la nueva Ley.
El caso es que en cuanto recibí ambas alertas, sin darme siquiera unos minutos para informarme y meditar sobre ello, comencé a recibir correos y comentarios de lectores que me pedían una opinión y que publicara algo sobre ambos asuntos.
Sobre la subasta del aeropuerto he comentado algo, aunque me reservo algunas ideas por si quiero ampliar, pero respecto a la ley que trae a España las subastas judiciales electrónicas, lo cierto es que al principio la despaché con el desprecio que me merecen los políticos que tanto prometen cuando se acercan las elecciones y que ya nos han acostumbrado a sus incumplimientos.
Sin embargo, cuando el viernes pasado me puse a estudiar atentamente la citada Ley me quedé pasmado al comprobar que sí, que ahora van en serio, que todas las subastas cuyos edictos se publiquen a partir del próximo 15 de octubre van a celebrarse forzosamente de forma online.
Que ya no es un proyecto sino una realidad.
¡QUE SE HAN ACABADO LAS SUBASTAS JUDICIALES PRESENCIALES!
¿Habrá tecnología para que eso sea una realidad?
Yo lo ignoro.
Pero Inversius dice que sí es posible y que no hace falta desarrollar ningún software en el Ministerio de Justicia porque la plataforma va a ser del BOE, lo cual es un alivio, teniendo en cuenta lo que ya sabéis que pienso respecto a lo que ocurre cuando jueces y secretarios judiciales meten las narices en cualquier asunto.
No hay más que ver el penoso funcionamiento del Buscador de Subastas Judiciales del Ministerio de Justicia, que actualmente solo funciona bien con el explorador minoritario llamado Opera, más digno de un país como Malawi que de un país europeo.
Solo me queda advertir que no es oro todo lo que reluce y que en Argentina también se implementaron las subastas judiciales electrónicas hace un par de años y que eso no ha significado de ninguna manera que los problemas judiciales de las subastas argentinas se hayan volatilizado. De ninguna manera. Los plazos para entregarte una vivienda adjudicada sigue siendo de entre seis y ocho años en ese país.
Es decir, que los peligros inherentes a comprar en subasta van a seguir ahí porque no dependen del formato de la subasta sino de lo poco o mucho que le importe a los jueces y secretarios judiciales el interés de los ciudadanos. Algo que hasta ahora les ha importado una higa.
Lo he dicho en muchas ocasiones pero no me importa volverlo a repetir: Todo el oscurantismo de las subastas en España se debe exclusivamente al desinterés de jueces y secretarios por hacer bien su trabajo. Es su exclusiva responsabilidad
O sea, que mucho ojito con lanzaros los novatos, como locos, a comprar online creyendo que a partir de ahora todo el monte va a ser orégano.
Muy al contrario, probablemente vaya ser precisamente al revés.
Muchos primos se van a dar grandes hostias en los primeros años.
Hasta que cale la idea de que todo habrá cambiado para que nada cambie.
O sea, que respecto a los peligros de invertir en las subastas, sin novedad.
Todo seguirá igual.
Sobre esto y otras cosas he publicado el pasado fin de semana un artículo en Subastanomics en el que, además de aportar mi opinión personal respecto a las ventajas e inconvenientes que le veo a la nueva Ley, también comento uno a uno los cambios legislativos que han afectado a la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Ojo, solo respecto a lo que nos afecta a los licitadores.
Estaré encantado de recibiros también allí y vuestros comentarios también será bienvenidos.
Solo tenéis que hacer clic en la imagen:
Las subastas judiciales electrónicas llegan a España
Así que...
¿Cómo veis vosotros este cambio?