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Ya están aquí las subastas judiciales electrónicas

Video de las jornadas sobre aspectos prácticos en los procesos civiles en juzgados y tribunales:

 

 

 

Al final todo llega y las subastas judiciales electrónicas ya han llegado.

A partir de ahora todas las subastas que se publiquen por los juzgados españoles se celebrarán de forma telemática y los postores dejaremos de ser señores elegantes con traje y corbata para convertirnos en el típico guarrete trasnochador que no se afeita y trabaja en pantuflas sin salir de su casa.

Algunos ya eran así. 

Y menciono lo de trasnochador porque a menos que el legislador lo remedie, a partir de ahora el tomate subastero se va a ventilar a altas horas de la madrugada. Quien quiera comprar no va a poder irse a la cama el último día de cada subasta en la que participe porque...

Por ahora, según la última redacción de la Ley (y su última reforma de este mismo mes), "la subasta no se cerrará hasta transcurrida una hora desde la realización de la última postura, siempre que ésta fuera superior a la mejor realizada hasta ese momento, aunque ello conlleve la ampliación del plazo inicial de veinte días a que se refiere este artículo por un máximo de 24 horas".

Lo que quiere decir que si a las 23:55h alguien hace una puja, el sistema prorrogará la subasta durante una hora y así sucesivamente hasta las 24:00 horas del día siguiente.

Lo que evidentemente nos obligará a estar despiertos toda la noche si queremos evitar que algún listillo se nos coma la merienda con nocturnidad y alevosía.

Este siempre ha sido un país de pícaros.

Esto y muchas cosas más nos cuentan en este video de casi cuatro horas que se os pasarán volando a quienes estéis realmente interesados en estas novedades. 

Y para los que quieran ir al grano:

La secretaria judicial (a partir de mañana letrada de la Administración de Justicia) Rosa Mariscal de Gante entra en materia de las subastas electrónicas a partir del minuto 2:12 y concretamente sobre las subastas voluntarias a partir del minuto 2:16.

Y Don Ramiro Navarro, decano del Colegio de Procuradores de Huesca diserta sobre las subastas judiciales electrónicas desde el minuto 2:43, comenzando luego el turno de preguntas.

Todo muy interesante y digno de que le dediquéis un buen rato.

Y para terminar, este es el enlace del sitio en el que participaremos en las subastas a partir de muy pronto:

http://subastas.boe.es/

Y aquí lo explican bastante bien:  Folleto Subastas Electrónicas

 

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  1. en respuesta a Jomes
    -
    #138
    24/12/15 10:52

    Pues, sinceramente, lo ignoro, porque la LEC sólo habla de "identificar al ejecutante" para que pueda pujar, y en el foro de SJ Procurador planteó esa misma duda y aún no la he visto resuelta.
    Quizás newzel, que nos honra esporádicamente con su presencia, nos lo podría aclarar.
    Pero, desde luego, quien debe hablarlo hablarlo con el LAJ es el procurador de tu allegado. Es posible que le faciliten un código que puede usar también el cliente.
    Saludos,

  2. en respuesta a Jotaerre
    -
    #137
    24/12/15 10:18

    Muchas gracias.

    La pregunta no es meramente teórica para el caso de un allegado. Él pensaba participar, en caso de haber posturas previas, a partir de las 23:00 horas..... Pero una cosa es pasar una entretenida vigilia pujando y vigilando, y otra cosa diferente es pedir que haga lo mismo a tu procurador cuando la subasta acaba en sábado y se puede prolongar todo el domingo.

  3. en respuesta a Jomes
    -
    #136
    24/12/15 10:09

    No es molestia, Jomes: teniendo en cuenta que para la ejecución es preceptivo procurador (no hablamos de deudas inferiores a 2.000€, claro), y es el representante ante el Juzgado a todos los efectos, no debería ser posible una puja directa, ni en caso de personas jurídicas (podría hacerlo su administrador, por ejemplo).
    Aunque no descartemos nada, y ya veríamos cómo se resolvería, que estamos todos en pañales aún en este tema...

    Saludos,

  4. en respuesta a Jotaerre
    -
    #135
    24/12/15 09:58

    No termino de entender el cabreo que tienen los LAJ...

    Si tienes un segundo, me gustaría hacerte una consulta sobre un comentario que se hace en la Nota que adjutnas:

    En nota se habla de la importancia de consignar bien los datos, especialmente los relativos "al Procurador y a su NIF, ya que si estos son erróneos no podrá intervenir en la subasta en representación de la parte ejecutante".

    En el caso de Ejecutante persona física, ¿este no puede intervenir directamente en la subasta? ¿Tiene obligatoriamente que hacerlo a través del Procurador?

  5. #134
    23/12/15 21:11

    En el foro de SJ/LAJ puede verse una nota informativa cuyo último punto menciona la confusión que puede producir anunciar una deuda de 0,01€, aunque sin dar ninguna solución o alternativa:

    http://www.unidad-de-accion.com/foro/viewtopic.php?f=3&p=79038#p79038

  6. en respuesta a Alberto2010
    -
    #133
    17/12/15 11:09

    La imagen que tienes puesta con los prismáticos, viene que ni pintada para estas afirmaciones: al acecho, vigilar, nocturnidad, unidades específicas, etc.
    Saludos.

  7. en respuesta a mfmelo
    -
    #132
    17/12/15 10:52

    Tendrán que ir a máximos siempre, se acabó adjudicarse a precios bajos.
    O como bien dices pagar pluses de nocturnidad o unidades específicas para vigilar subastas.

  8. en respuesta a Alberto2010
    -
    #131
    17/12/15 10:42

    Muy buena pregunta, alterto2010.
    Es una de las cosas en las que seguro no han pensado los iluminados hacedores de leyes por doquier, les salgan como les salgan. La parte acreedora, se va a tener que poner las pilas y pagar nocturnidad y plus a sus abogados y procuradores o abrir un departamento específico para estos asuntos.
    Poco a poco van saliendo cosas nuevas, que a los subasteros nos van a ir alegrando la profesión.
    A la solución que llegaran, lo mas probable, es igual que hasta ahora en las presenciales: poner desde un principio el tope al que están dispuestos a llegar y por tanto olvidarse de quién y como se la adjudique. Claro tendrán que ir siempre a tope de su reclamación y es difícil que se lo adjudiquen en precios interesantes, ya que para ello estaremos los subasteros al acecho. De esta forma el favorecido será el deudor.
    Saludos cordiales.

  9. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #130
    17/12/15 10:31

    Estarán los bancos o sus inmobiliarias despiertos hasta tarde para proteger sus deudas?

  10. #129
    16/12/15 18:29

    ;D Podría ser peor: justo antes de las uvas el 31...

  11. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #128
    16/12/15 18:00

    Son unos jefazos!

    Tipo de subasta JUDICIAL EN VIA DE APREMIO
    Fecha de finalización 24-12-2015 00:00:00

    Fum, fum fum!

  12. en respuesta a Alberto2010
    -
    Top 100
    #127
    16/12/15 16:48

    Lo que no había era materia gris entre los hacedores de la Ley.

    ¿Te has fijado que alguna del juzgado nº31 de Madrid finaliza el día 24 de diciembre a las 24 horas?

  13. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #126
    16/12/15 12:17

    Parece que los que queramos comprar tendremos que acostarnos tarde.
    Todas las subastas terminan a las 00:00:00 horas+ tiempo extra si hay pujas, con lo que puede que se alargue perfectamente toda la madrugada.
    No había algun otro sistema más diurno?

  14. en respuesta a delicateshot
    -
    Top 100
    #125
    03/12/15 00:09

    Lo que demuestra que quienes han desarrollado este sistema no tiene ni pajolera idea de lo que es una subasta

  15. #124
    03/12/15 00:01

    Para el que pregunta por ahí arriba, yo me he registrado con el DNI Electrónico y no he tenido ningún problema.

    Aprovecho este comentario para hacer dos "Avisos a navegantes". Por un lado, cuando pujas el portal no te avisa (qué menos que un correo) si alguien supera tu puja. Esta es una de esas cosas (como las pujas automáticas, etc...) que sería muy útil, por pedir que no quede.

    Pero lo que si es importante es cómo funciona el sistema de reserva de postura. Cuando cada uno hace la primera puja en la subasta que sea, te pregunta si deseas reservar la postura, y ahí puedes decir si la reservas o no, pero ojo, esto NO se puede cambiar en ningún punto.
    Es decir, si pujas una cantidad al principio y, en ese momento no te interesa reservar esa postura y, según la evolución de la subasta te interesa reservar tu última postura, no se puede hacer, quedaría reservada, lógicamente, la ultima postura. Lo mismo pero al revés, si pujas una cantidad X y en ese momento dices que reservas la postura pero por como evoluciona la subasta decides que ya no, tu última puja quedaría reservada (con todos los riesgos que esto supone). En resumen, cuando se participa en una subasta hay que tener claro desde el principio si te va a interesar reservar la postura o no, ya que únicamente se puede seleccionar dicha opción al principio y se mantiene a lo largo de la subasta.

  16. en respuesta a Jotaerre
    -
    #123
    02/12/15 07:02

    Ya no me acordaba de esa propuesta, para eso está el letrado, para recordártelo, pero si lo dije, así se hará en su momento.
    Y a lo mejor lo peleamos y todo.
    Saludos.

  17. #122
    01/12/15 20:11

    Es una carta en la manga, que veremos si se da la ocasión de jugar...

  18. en respuesta a Jotaerre
    -
    #121
    01/12/15 19:41

    Ostras!!! En serio crees que una jugada así puede salir bien??!!!

    Por lo menos por ahora que ese juzgado "juega sucio" al no decir la deuda real, le puede salir el tiro por la culata si algún subastero aprovecha la ocasión. A ver si así escarmientan y aportan todos los datos que tienen que aportar.


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