Sapos y culebras pugnan por salir de mi boca mientras esta tipa me mira con desdén con sus ojos de rana.
En milésimas de segundo decido que en vez de vomitar sobre ella toda la rabia que me está produciendo su actitud mejor cojo el jarrón con flores secas que tiene en el aparador y se lo estampo en esa frente kilométrica donde los niños podrían disfrutar de lo lindo haciendo patinaje artístico.
Pero ojo, un momento, es una mujer y si la hostio igual me salen con lo de la violencia machista y me empapelan.
Ja, pero como no estamos casados ni somos pareja no podrían acusarme de violencia doméstica. Si acaso solo de violencia contra la autoridad.
Y además, mientras le sonrío al jarrón y me decido por él, me da tiempo a pensar que quizás ni siquiera sea una mujer. Quizás sea un hombre con vagina, que ahora están muy de moda.
¿O una mujer con pene?
Dios mío, vaya lío. Lo mejor será que no la hostie y vuelva a la idea de solo insultarla.
Pero mientras estoy abriendo la boca para descargar el veneno acumulado va la tía y se agacha un poco y se le abre el ventanal que tiene en el pecho, con lo que me achico y me pongo a balar como un corderito.
¡¡Maldita sea!!
Y todo ha sucedido en apenas tres o cuatro segundos.
Rebobina Tristán. Antes de continuar, vuelve al principio y cuéntanos cómo es que has estado a punto de echarlo todo por la borda y de acabar en el calabozo.
Quiero ver el expediente de esta subasta
Seguro que los casi cien kilómetros que me he visto obligado a conducir en hora punta han tenido algo que ver con mi estado de ánimo. He medio cruzado toda la provincia de Madrid para visitar un juzgado que está celebrando una subasta que terminará en un par de semanas. Como novedad a investigar el hecho de que en el edicto de subasta la secretaria judicial se ha tomado la molestia de señalar que el chalet está habitado por un inquilino con derecho a permanecer en él tras la subasta.
Ostras, vaya putada. Pero como ese chalet me interesa mucho, decido acercarme al juzgado para echarle un vistazo al contrato y ver si a pesar del arrendamiento la subasta me sigue interesando.
Y en cuanto pregunto por el expediente, la funcionaria malencarada de turno me sale con que ya no dejan ver los expedientes.
- ¿Cómo que no? Si aquí siempre nos habáis permitido verlos.
- Pues ya no. Ahora os basta con lo que se cuelga en el portal del B.O.E.
- De eso nada, guapa, porque en este caso la propia secretaria nos advierte que hay un arrendamiento y al menos me tienes que dejarme ver ese contrato
- Pues espera que se lo pregunto a la secretaria.
Pues muy bien, me digo mientras sonrío pensando que por mucho que la mona se vista de seda, mona se queda, pues ni siquiera los empleados judiciales les llaman Letrados para la Administración de Justicia. La mayoría les sigue llamando simplemente secretarios y secretarias.
Al cabo de un momento me dice que pase al despacho.
Y el colerón con el que comencé esta publicación me vino porque a pesar de poner toda la carne en el asador, a pesar mi mis evidentes dotes persuasivas y, sobre todo, a pesar de tener más razón que un santo, me ha resultado imposible convencer a la borrica esa de lo imprescindible que resulta para los postores conocer el contrato de arrendamiento que afecta y domina la compraventa que el juzgado nos está proponiendo.
Y ello por un montón de motivos que le han resbalado como el agua sobre el hielo:
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¿Cómo vamos a saber cuánto ofrecer si no conocemos la fecha del contrato ni, por lo tanto, la Ley de Arrendamientos Urbanos que lo rige.
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Tampoco conocemos el plazo del arrendamiento. Podría ser por dos años más o por veinticinco años.
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Tampoco el precio del arrendamiento. Estamos hablando de un chalet cuyo valor pasa de trescientos mil euros y quizás el precio sea de solo doscientos euros al mes.
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Por otro lado, el hecho de que el juzgado haya decidido que el inquilino tiene derecho a permanecer en la vivienda tras la subasta me indica que la fecha del contrato debe ser anterior a junio de 2013, pero cuando hablé con la procuradora me dijo que eso no lo sabía. Simplemente que no se habían opuesto a la continuación del arrendamiento y que ni siquiera se había celebrado la vista oral habitual en la que se decide sobre estas cosas. Es decir que podría perfectamente tratarse de un arrendamiento posterior a la última reforma y que sin embargo, por negligencia del actor y del juzgado, ahora fuera imposible echarlo abajo en este mismo juzgado. Pero siempre sería posible hacerlo iniciando un nuevo procedimiento ordinario.
Por todas estas razones era imperativo ver ese contrato.
Pero la secretaria judicial se las ha pasado todas por el arco de triunfo mientras me miraba con sus ojos de rana y permitía que se le abriera la camisa.
¿Hay derecho?