Ayer recordé el caso porque salió a subasta otra vivienda con una historia muy curiosa: Hace unos años se subastó en los Juzgados de lo Penal de Madrid una vivienda de Collado Villalba en la que la ex-mujer del demandado tenía el derecho de uso según sentencia judicial de divorcio para ella y para su hijo disminuido.
El triste adjudicatario, un subastero madrileño con años de experiencia se tragó enterito semejante sapo a pesar de que dicho derecho de uso no estaba inscrito en el Registro y, por tanto, él era un tercero de buena fe. No hubo manera de conseguir la posesión.
Así que Nicolás, vamos a bautizarle así, tuvo que devanarse los sesos para lograr su objetivo y la idea que se le ocurrió fue hacerse una hipoteca a sí mismo, es decir una letra con garantía hipotecaria y, por supuesto, no pagarla a su vencimiento.
De esa manera podría ejecutar esa hipoteca y volver a sacar la vivienda a subasta, esta vez con la Ley Hipotecaria bajo el brazo, con la idea de adjudicársela de nuevo y que los juzgados hipotecarios de Madrid, que son bastante resolutivos, esta vez sí le diesen la posesión, tres años después de la subasta original.
O, aún mejor, que pasase un pardillo por la puerta del juzgado y se adjudicase el marrón.
Y otra cosa ¿Cómo es que el abogado de la legítima ocupante aún no le ha hablado a su cliente de las excelencias del Registro de la Propiedad? Ese derecho de uso sigue sin estar inscrito, a pesar de que esa inscripción cerraría el camino a que futuros adjudicatarios pudieran declararse terceros de buena fe. Es increíble.